SÁNCHEZ/ALEMANA SEGUROS S.A.
Rol
Fecha
29 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA CON COSTAS
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 1 de julio de 2025, comparece Matías Sánchez Diez, en representación de su hijo menor de edad José Tomás Sánchez Henríquez, de actuales 4 años, e interpone acción constitucional de protección en contra de Alemana Seguros S.A., por haber incurrido en un acto ilegal y arbitrario al restringir la cobertura del contrato de seguro complementario denominado “Seguro Alemana Total”, Póliza N° 14193, contratado por su cónyuge y madre del menor, Viviana Andrea Henríquez Pinto, con vigencia desde el 1° de julio de 2020. Expone que con fecha 1 de junio de 2025 la compañía aceptó la incorporación de su hijo, pero estableciendo una limitación expresa consistente en la exclusión de todo tipo de cobertura vinculada al trastorno del espectro autista, bajo el fundamento de tratarse de una condición preexistente. Señala que esta calificación resulta arbitraria, toda vez que conforme al artículo 1° de la Ley N° 21.545 el espectro autista es un neurotipo genérico siendo, en definitiva, una condición del neurodesarrollo y no una enfermedad o patología susceptible de ser considerada preexistente. Enfatiza que la preexistencia, de acuerdo al artículo 591 del Código de Comercio, solo puede configurarse respecto de enfermedades o situaciones de salud diagnosticadas y conocidas por el asegurado o contratante al momento de celebrar el contrato, lo que no se cumple en el presente caso. Afirma que la decisión de la recurrida carece de racionalidad, es discriminatoria y lesiona las garantías constitucionales de su hijo, en particular la igualdad ante la ley y la no discriminación arbitraria, así como su derecho a la vida y a la integridad física y psíquica. Agrega que la exclusión aplicada vulnera la dignidad del menor, pues lo sitúa en una condición de desventaja y desigualdad respecto de otros asegurados, desconociendo que el autismo es una manifestación de diversidad neurocognitiva y no una enfermedad. Aduce que, en consecuencia, la aseg
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, con costas, el recurso de protección deducido por Matías Sánchez Diez, en contra de Alemana Seguros S.A. Regístrese y archívese. N°Protección-15166-2025.
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C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 1 de julio de 2025, comparece Matías Sánchez Diez, en representación de su hijo menor de edad José Tomás Sánchez Henríquez, de actuales 4 años, e interpone acción constitucional de protección en contra de Alemana Seguros S.A., por haber incurrido en un acto ilegal y arbi
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