JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CHANCO
ANONIMIZADO
Rol
Fecha
29 de septiembre de 2025
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
REVOCADA
Texto Completo (Preview)
Talca, veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco. VISTO, OÍDO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: PRIMERO: Que el interés superior del niño, consagrado en los artículos 3° de la Convención sobre los Derechos del Niño, 16 de la Ley 19968 y 3 de la Ley N° 21.430, debe considerarse no solo respecto del sujeto individual, sino también del bienestar colectivo de los demás adolescentes bajo protecció
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