RAFFO NAVARRETE ALEJANDRA/PRIMER JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO -( A LA VISTA IC. N°3345-2025)-
Rol
Fecha
29 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Matías Berríos Fuechslocher, abogado, en representación de la solicitante, en los autos laborales caratulados “Raffo con Schupper”, Rol de Ingreso Corte 3369-2025, quien deduce falso recurso de hecho en contra de la resolución de ocho de septiembre en curso, dictada en los autos RIT O-5087-2025 provenientes del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que concedió, en el solo efecto devolutivo, el recurso de apelación subsidiario deducido por la solicitada, en contra de la resolución de uno de agosto pasado que rechazó su oposición a la solicitud de medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos. Señala que su parte solicitó una medida prejudicial preparatoria de exhibición instrumental, la cual fue acogida por el tribunal el veintidós de julio del año en curso. Posteriormente, Inmobiliaria Alef S. A. (una de las solicitadas) presentó escrito por el cual se opuso a ella, lo que fue rechazado en la fecha antes indicada, resolución que fue objeto de recurso de reposición, con apelación subsidiaria, rechazándose la primera impugnación el 8 de septiembre y se concedió la apelación, en el solo efecto devolutivo, el que ingresó a esta Corte de Apelaciones con el rol N° 3345-2025. Sostiene el recurso que la resolución que concedió el recurso de apelación fue dictada con un manifiesto error, ya que lo decidido no es apelable, de acuerdo con lo previsto en el artículo 476 del Código del Trabajo, desde que, según el artículo 474 del Código del Trabajo, los recursos laborales se rigen por sus propias normas y, de forma supletoria, por el Código de Procedimiento Civil, siempre que no haya una norma expresa en el Código del Trabajo que limite el recurso y que las normas civiles sean concordantes con los principios del proceso laboral. En consecuencia, el artículo 476 del Código del Trabajo limita el recurso de apelación a solo tres tipos de resoluciones, y la impugnada no se encuentra en esa categoría, desde
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 444 y 476 del Código del Trabajo, se rechaza el recurso de hecho deducido por Matías Berríos Fuechslocher, en representación de la solicitante, en contra de la resolución de 08 de septiembre de 2025. Déjese constancia de lo resuelto en el ingreso laboral Rol N°3345-2025. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Laboral - Cobranza-3369-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Matías Berríos Fuechslocher, abogado, en representación de la solicitante, en los autos laborales caratulados “Raffo con Schupper”, Rol de Ingreso Corte 3369-2025, quien deduce falso recurso de hecho en contra de la resolución de ocho de septiembre en curso, dictada en
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