1º JUZGADO DE LETRAS DE PUERTO VARAS

BAEZA/DROPPELMANN

Rol

Fecha

29 de septiembre de 2025

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada y teniendo presente, además: Primero: Que mediante sentencia dictada con fecha 26 de abril de 2024, el Juzgado de Letras de Puerto Varas resolvió acoger parcialmente una acción subsidiaria de rebaja de precio o quantis minoris por vicios ocultos o redhibitorios interpuesta por Ernesto Eufemio Baeza Navarrete en contra de Agrícola y Servicios Los Coigues Limitada, ordenándose a este último una restitución de $4.892.243.- pesos y rechazando tanto la acción principal de resolución de contrato y de indemnización de perjuicios que fuera interpuesta por la actora como la excepción de prescripción alegada por la demandada en su oportunidad, sin costas. Segundo: Al respecto, la parte demandada se alza contra aquella resolución reiterando sus argumentos respecto de la prescripción de la acción incoada, sin perjuicio de no insistir en aquella conforme sus alegaciones efectuadas en estrados, y de alegar la falta de concurrencia de los requisitos de la acción acogida por el tribunal, particularmente con inexistencia de antecedentes que dieran cuenta que el tractor vendido tuviera problemas mecánicos al momento de la venta y que aquellos fueran ocultos, máxime si se atiende el tenor de la cláusula contractual firmada por las partes en su oportunidad. Además, agrega que el monto otorgado por el tribunal resulta del todo excesivo, solicitando en definitiva la revocación del fallo en alzada y el rechazo de la acción de forma íntegra o, en definitiva, la rebaja de la suma establecida como rebaja de precio, con costas. A su turno, la demandante, adhiriéndose a la apelación de la contraria, afirma la configuración de todos los elementos tanto de la acción principal de resolución de contrato y como de la indemnizatoria de perjuicios interpuesta en su oportunidad, solicitando en definitiva que se revoque el fallo en alzada en aquella parte que rechazó las acciones en cuestión y que dé lugar, en definitiva, a la resolución del contrato más la

Fallo

fallo en alzada y el rechazo de la acción de forma íntegra o, en definitiva, la rebaja de la suma establecida como rebaja de precio, con costas. A su turno, la demandante, adhiriéndose a la apelación de la contraria, afirma la configuración de todos los elementos tanto de la acción principal de resolución de contrato y como de la indemnizatoria de perjuicios interpuesta en su oportunidad, solicitando en definitiva que se revoque el fallo en alzada en aquella parte que rechazó las acciones en cuestión y que dé lugar, en definitiva, a la resolución del contrato más la indemnización de perjuicios en los términos que invoca, más reajustes e intereses, con costas. En cuanto al recurso de apelación interpuesto por la demandada Agrícola y Servicios Los Coigues Limitada. Tercero: Ante todo, y respecto de la alegación de prescripción extintiva de las acciones interpuestas por la actora en estos autos, y sin perjuicio de lo señalado por el apoderado de la demandada en estrados en orden a no proseguir con aquella, esta Corte coincide con el razonamiento dado por el tribunal a quo en orden a resultar impertinente un análisis sobre aquella, en atención a la vigencia al momento de interposición del libelo pretensor, del artículo 8 de la ley 21.226 y de la interrupción que estableció aquella norma respecto de los plazos de prescripción, razón por la cual se descartará aquella excepción en los mismos términos en que se ha resuelto en la especie. Cuarto: Luego, y en cuanto al fondo del as

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Puerto Montt, veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada y teniendo presente, además: Primero: Que mediante sentencia dictada con fecha 26 de abril de 2024, el Juzgado de Letras de Puerto Varas resolvió acoger parcialmente una acción subsidiaria de rebaja de precio o quantis minoris por vicios ocultos o redhibitorios interpuesta por Ernesto Eufem

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