SIN INFORMACION

ROMINA ZELMA LOPEZ VALENCIA / COMPLEJO PENITENCIARIO DE VALPARAISO

Rol

Fecha

29 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1 comparece vía formulario Luis Felipe Araya Carvajal, quien interpone acción de amparo en favor de su pareja Romina Zelma López Valencia, actualmente recluida en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, solicitando se mantenga en su lugar de origen en Valparaíso (sic). Refiere que el 17 de septiembre pasado la amparada se encontraba en el patio, cuando se le acercaron dos internas y una funcionaria, quien le indicó que estaba castigada y tenía que sacarse los cordones, sin motivo alguno. Agrega que la funcionaria le dijo que había sido nombrada por dos hermanas con las que había tenido un percance, que ellas son protegidas de Gendarmería, de manera que se castigó a su señora por nada, solo para dejarla sin visita. Pide, se mantenga en su lugar de origen en Valparaíso. A folio 4, evacuó informe el Complejo Penitenciario de Valparaíso, señalando que el 17 de septiembre de 2025, las internas Macarena López Correa y Camila López Correa presentaron una denuncia por amenazas y agresión contra las internas Camila Donoso Navarro, Charlotte Moreno Bustos y Romina López Valencia. Agrega que, como medida de seguridad, se determinó que las internas López Correa quedaran bajo protección para salvaguardar su integridad psíquica y física y, que los hechos fueron denunciados a la fiscalía local de Valparaíso mediante oficio ordinario N° 8692, parte denuncia N° 838 y parte interno N° 4081, de fecha 17.09.2025. Señala que según el Decreto N° 518 (Reglamento de Establecimientos Penitenciarios), estos hechos constituyen una falta grave al régimen interno según el artículo 78, letra A, que define como tal "la agresión, amenaza o coacción a cualquier persona, tanto dentro como fuera del establecimiento". El artículo 84 de dicho reglamento estipula que en caso de infracciones graves, se puede disponer la incomunicación o aislamiento provisional del interno por un máximo de 24 horas. Por su parte, de los antecedentes, aparece que la amparada quedó en celda de aislami

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, por la vía del presente recurso de amparo se solicita que la amparada se mantenga recluida en el Complejo Penitenciario de Valparaíso. Tercero: Que, de acuerdo a lo informado por la recurrida, el 17 de septiembre de 2025 la amparada fue denunciada por amenazas y agresión a otras dos internas, quedando en celda de aislamiento preventivo N°23 por 24 horas en el módulo 209-a, hasta la espera de mejor resolver de la autoridad. Cuarto: Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 78, letra A del el Decreto N° 518, la conducta denunciada constituye una falta grave al régimen interno, en cuyo caso Gendarmería puede disponer la incomunicación o aislamiento provisional de la interna por un máximo de 24 horas, según lo dispuesto en el artículo 84 de dicho reglamento. Quinto: Que, en consecuencia, es posible concluir que no se advierte ilegalidad en el actuar de la recurrida, no existiendo vulneración a las garantías de libertad personal o seguridad individual invocadas, motivo por el cual la presente acción será rechazada, conforme a lo que se dirá en la parte resolutiva.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Romina Zelma López Valencia en contra del Complejo Penitenciario de Valparaíso. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3193-2025.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1 comparece vía formulario Luis Felipe Araya Carvajal, quien interpone acción de amparo en favor de su pareja Romina Zelma López Valencia, actualmente recluida en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, solicitando se mantenga en su lugar de origen en Valparaíso (sic). Refiere que el 17 de septiemb

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