MEDOR/SERVICIO DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
29 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Duldrede Mildy’s Medor, de nacionalidad haitiana, interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundado en la omisión ilegal y arbitraria consistente en no haber emitido ni remitido al Ministerio del Interior el proyecto de decreto de carta de nacionalización solicitado el 31 de diciembre de 2021, manteniendo pendiente un procedimiento administrativo que debió resolverse dentro del plazo legal. Expone que el recurrente ingresó al país como turista, posteriormente obtuvo residencia temporaria y luego permanencia definitiva, encontrándose habilitado para solicitar carta de nacionalización conforme al Decreto Supremo N°5142 de 1960 y a los artículos 83 y 84 de la Ley N°21.325. Señala que cumplió íntegramente con los requisitos legales, incluyendo el pago de la orden correspondiente, pero a la fecha han transcurrido más de tres años y cinco meses sin pronunciamiento de la autoridad administrativa, configurándose así una vulneración al principio de igualdad ante la ley del artículo 19 N°2 de la Constitución, así como a los principios de celeridad, economía procedimental, conclusivo e inexcusabilidad de la Ley N°19.880. Sostiene que la omisión denunciada mantiene al recurrente en un estado de incertidumbre y discriminación respecto de otros solicitantes que han obtenido respuesta en plazos razonables. Invoca jurisprudencia de la Corte Suprema y de distintas Cortes de Apelaciones que califican como ilegal y arbitraria la dilación excesiva en trámites migratorios, además de lo consignado en el Informe N°178/2022 de la Contraloría General de la República, que constató demoras de hasta 990 días y pérdida de información en los sistemas del Servicio, lo que refuerza la necesidad de un pronunciamiento oportuno. Descarta la aplicación de las excepciones de caso fortuito o fuerza mayor previstas en el artículo 27 de la Ley N°19.880, por cuanto la
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Duldrede Mildy’s Medor en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. N°2623-2025 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Duldrede Mildy’s Medor, de nacionalidad haitiana, interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundado en la omisión ilegal y arbitraria consistente en no haber emitido ni remitido al Ministerio del Inter
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