CORTÉS/SIGMA TELCOM SPA
Rol
J-399-2023
Fecha
23 de octubre de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Que, con fecha 23 de mayo de 2023, en estos autos RIT J-399-2023, RUC 23- 3-0130017-4, caratulados “CORTÉS/SIGMA TELCOM SPA”, comparece don ANDRÉS EDUARDO CORTÉS TEJEDA, empleado, con domicilio en Calle Nueva N°1508, casa B, comuna de Peñalolén, quien interpone demanda ejecutiva laboral en contra de SIGMA TELCOM SPA, empresa representada legalmente por LLOMNI LISBOA VERGARA, ignora profesión y estado civil, ambos con domicilio en Manuel Antonio Matta N°1765, comuna de Quilicura, Santiago, por las razones de hecho y de derecho que expone. Funda la demanda en el hecho que, con fecha 17 de enero de 2023 firmó finiquito, documento donde la ejecutada reconoció adeudar la suma de $3.399.661, la cual se comprometió a pagar en 6 cuotas mediante transferencias electrónicas a la cuenta bancaria que el ejecutante mantiene en Banco Scotiabank, la cual se indicó expresamente en dicho documento. Agrega que la demandada sólo cumplió con el pago de las dos primeras cuotas, por lo que se hace exigible la totalidad de las cuotas insolutas, más el recargo de 150%, según lo dispuesto en el artículo 169 del Código del Trabajo. Por lo anterior, a la conclusión, y previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de SIGMA TELCOM SPA, representada legalmente por LLOMNI LISBOA VERGARA, ambos ya individualizados, por la suma de $1.699.831, más el recargo de 150% conforme lo dispuesto en el artículo 169 del Código del Trabajo ordenar se siga adelante la ejecución hasta obtener el pago íntegro de la suma adeudada, más reajustes e intereses y costas. Con fecha 05 de junio de 2023 se tuvo por interpuesta la demanda, despachándose mandamiento de ejecución y embargo por la suma demandada, aplicando los reajustes e intereses legales, con costas de la ejecución. Con fecha 16 de junio de 2023 se notificó y requirió de pago personalmente a LLOMNI LISBOA VERGARA, en representación de la ejecutada. En escrito de fecha 22 de junio de 2023 comparece LLOMNI LISB
Fallo
se declararon admisibles las excepciones de pago y transacción opuestas y se las recibió a prueba por el término legal, fijándose a probar como siguiente hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1. Efectividad de haberse pagado la deuda materia de ejecución. En la afirmativa, fecha y monto del pago. 2. Efectividad de que las partes hayan arribado a una transacción respecto de los créditos materia de ejecución. Fecha y términos de la misma. CUARTO: Que, en apoyo de su alegación, la parte ejecutada rindió la siguiente prueba documental, al cual no fue objetada por la ejecutante: 1. Finiquito de Trabajo, de fecha 12 de enero de 2023, suscrito con el ejecutante. 2. Comprobante de transferencia electrónica a la cuenta corriente de este Tribunal por la suma de $1.133.220. QUINTO: Que, la parte ejecutante no rindió prueba en la causa. Código: YBZEXXTGGMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SÉXTO: Que, conforme a la regla contenida en el artículo 1698 del Código Civil, incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquellas o éstas, colocando, en este caso, en la parte demandada el peso de la prueba respecto de la extinción, mediante el pago, de la obligación que se demanda y la celebración de la transacción alegada. SÉPTIMO: Que, para una acertada resolución de la controversia de autos, se tiene en consideración respecto de las excepciones opuestas que: a) El pago, según lo
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Santiago, veintitrés de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Que, con fecha 23 de mayo de 2023, en estos autos RIT J-399-2023, RUC 23- 3-0130017-4, caratulados “CORTÉS/SIGMA TELCOM SPA”, comparece don ANDRÉS EDUARDO CORTÉS TEJEDA, empleado, con domicilio en Calle Nueva N°1508, casa B, comuna de Peñalolén, quien interpone demanda ejecutiva laboral en contra de SIGMA TELCOM SPA, empresa representa
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