SIN INFORMACION

CORPORACION MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ V/COMERCIAL ETHOS S.A.

Rol

Fecha

26 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Marcelo Esteban Ríos Lobos, abogado, en representación de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, y deduce Recurso de Hecho en contra de la resolución dictada el 23 de diciembre de 2024 por el Tercer Juzgado de Letras de La Serena, en los autos Rol C-4482-2023, caratulados “Comercial Ethos S.A. con Corporación Municipal Gabriel González Videla”, la cual declaró inadmisible el recurso de apelación deducido el 20 de diciembre de 2024. Expone que el tribunal a quo erró al calificar la resolución apelada como un decreto, teniendo en consideración que esta corresponde a una que resuelve una ampliación de embargo, tiene la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria, en cuanto resuelve un incidente que establece derechos permanentes para las partes, por lo que es apelable, en virtud del artículo 187 del Código de Procedimiento Civil. Por lo expuesto pide, tener por interpuesto recurso de hecho en contra de la resolución de 23 de diciembre de 2024, acogerlo en todas sus partes, y en definitiva, ordene dar curso a la tramitación del recurso de apelación presentado por esa parte el 20 de diciembre de 2024. SEGUNDO: Que informó el recurso doña Ingrid Marlene Ebner Rojas, juez subrogante del Tercer Juzgado de Letras de La Serena. Expone que el 13 de diciembre de 2024 en el cuaderno de apremio, comparece el abogado Pedro Cerda, en representación de la parte demandante, señalando bienes para la traba de embargo y que por resolución de 16 de diciembre de 2024, folio 15, se accedió a lo solicitado teniendo presente como bienes para la traba embargo los dineros que percibe por concepto de subvención escolar y que los dispone la Secretaria Regional Ministerial de Educación de la Región de Coquimbo, en favor de la ejecutada Corporación Municipal Gabriel González Videla De La Serena, hasta por la suma de $172.234.909. Agrega que, respecto de aquella resolución el abogado de la parte ejecutada presentó el 20 de d

Fundamentos

fundamentos esgrimidos por la juez a quo, en orden a que la naturaleza jurídica de la resolución apelada de 16 diciembre de 2024, que tiene presente bienes para la traba de embargo, corresponde a un mero decreto, en cuanto sin fallar sobre incidentes o sobre trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, tiene sólo por objeto determinar o arreglar la substanciación del proceso, y que en tal carácter no es susceptible de recurso de apelación directo, como en la especie se dedujo el arbitrio, lo que lleva a rechazar el presente recurso de hecho.

Fallo

Por lo expuesto pide, tener por interpuesto recurso de hecho en contra de la resolución de 23 de diciembre de 2024, acogerlo en todas sus partes, y en definitiva, ordene dar curso a la tramitación del recurso de apelación presentado por esa parte el 20 de diciembre de 2024. SEGUNDO: Que informó el recurso doña Ingrid Marlene Ebner Rojas, juez subrogante del Tercer Juzgado de Letras de La Serena. Expone que el 13 de diciembre de 2024 en el cuaderno de apremio, comparece el abogado Pedro Cerda, en representación de la parte demandante, señalando bienes para la traba de embargo y que por resolución de 16 de diciembre de 2024, folio 15, se accedió a lo solicitado teniendo presente como bienes para la traba embargo los dineros que percibe por concepto de subvención escolar y que los dispone la Secretaria Regional Ministerial de Educación de la Región de Coquimbo, en favor de la ejecutada Corporación Municipal Gabriel González Videla De La Serena, hasta por la suma de $172.234.909. Agrega que, respecto de aquella resolución el abogado de la parte ejecutada presentó el 20 de diciembre de 2024, a folio 16 del cuaderno de apremio, recurso de apelación, el que fue proveído conforme el siguiente tenor:” Que atendido a que la resolución recurrida tiene naturaleza jurídica de decreto, providencia o proveído, desde que sin fallar sobre incidentes o sobre trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, tiene solo por objeto determinar o arreglar la substanciación de

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Corporación Municipal Gabriel González Videla Tercer Juzgado de Letras de La Serena Recurso de Hecho Rol N°2070-2024 Civil.- La Serena, veintiséis de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Marcelo Esteban Ríos Lobos, abogado, en representación de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, y deduce Recurso de Hecho en contra de la resolución di

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