SAMINTA JOSEPH/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, Comparece Emmanuel Bien-Aimé , de nacionalidad haitiana, en favor de Saminta Joseph (RUT 25.696.614-K, nacionalidad haitiana), con domicilio para estos efectos en Los Naranjos N° 556, San Felipe, e interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones (San Antonio 580, Santiago), por el acto consistente en la Resolución Exenta N° 2500100127266, de 05.09.2025, que rechaza su solicitud de residencia definitiva (ID 67543544) y dispone su abandono del país en 10 días. Sostiene que dicho acto es ilegal y constituye amenaza a su libertad personal y seguridad individual (art. 19 N°7 y 21 CPR), solicitando dejarlo sin efecto, revocar la orden de abandono y reabrir la solicitud de residencia definitiva, con un plazo no menor a 30 días para acompañar antecedentes y que la autoridad se pronuncie conforme a derecho. Como sustento fáctico expone que ingresó vía aérea, inició su regularización y actividad laboral; que el rechazo se fundó en “no remitir copia de la sanción por residir con permiso vencido”, pese a haber pagado la multa por $63.452 (comprobante acompañado), tratándose —a lo más— de un yerro formal que no habilitaba ordenar abandono. Releva su arraigo familiar —convive con su pareja y con su hija de 8 años, Abigael Jean Baptiste Joseph, de nacionalidad chilena— y que la autoridad, desconociendo los principios de razonabilidad y de justo y racional procedimiento, impuso una medida gravosa que amenaza su libertad ambulatoria; por ello pide acoger el amparo, dejar sin efecto la resolución impugnada y ordenar al Servicio retrotraer y resolver nuevamente ponderando los antecedentes acompañados. A folio 6, comparece Cristóbal Antonio Messen Reyes, abogado y mandatario judicial de la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio Nacional de Migraciones, quien asume patrocinio y poder y evacúa informe en el Ingreso Corte N° 3187-2025, solicitando su rechazo. Expone que Saminta Joseph pidió residencia definitiva el 11-09-
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitación del recurso de amparo, se acoge la acción de amparo deducida en favor de Saminta Joseph, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dejándose sin efecto la Resolución Exenta N° 2500100127266 de 5 de septiembre de 2025, debiendo la recurrida reabrir el procedimiento administrativo para permitir que la recurrente acompañe el comprobante de multa correspondiente, en un plazo no inferior a sesenta días hábiles, pronunciándose a continuación como en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad N°Amparo-3187-2025.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintiséis de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, Comparece Emmanuel Bien-Aimé , de nacionalidad haitiana, en favor de Saminta Joseph (RUT 25.696.614-K, nacionalidad haitiana), con domicilio para estos efectos en Los Naranjos N° 556, San Felipe, e interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones (San Anto
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