SIN INFORMACION

DANIELA ALEXANDRA CIFUENTES GALINDO/DIRECCIÓN REGIONAL ÑUBLE DE GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

26 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: 1°.- Que, comparece la abogada Defensora Penal Pública Penitenciaria, doña Javiera Mellado Valdés, en representación de la condenada Daniela Alexandra Cifuentes Galindo, quien actualmente cumple condena en el Centro Penitenciario Femenino de Bulnes, y ejerce la acción constitucional de amparo contra la Dirección Regional de Ñuble de Gendarmería de Chile, representada por su Directora Regional, Coronel Carolina Caamaño Figueroa, debido a una errada aplicación de la normativa pertinente que excluyó a la amparada de la nómina de postulantes al beneficio de libertad condicional del período de octubre 2025, tornando su privación de libertad en un acto ilegal y arbitrario. Expone que la amparada se encuentra privada de libertad en el Centro Penitenciario Femenino de Bulnes, cumpliendo una condena privativa de libertad de 3 años y 1 día, al ser condenada como autora de un delito de robo con violencia, en carácter de consumado, por el hecho perpetrado en la ciudad de Concepción, el día 05 de diciembre de 2021, según sentencia del Juzgado de Garantía de Concepción, de fecha 08 de agosto de 2022. Agrega que la conducta registrada por su representada durante su vida intra-penitenciaria es calificada como “Muy Buena”, sin registrar faltas al régimen intrapenitenciario desde mayo del año 2024, teniendo a la fecha 5 bimestres de conducta muy buena. En lo que respecta al tiempo mínimo para optar a la libertad condicional, a partir de la cual se determina además el necesario para postular al beneficio de salida dominical y otros beneficios intrapenitenciarios, para determinarlo es necesario señalar que su representada inicia el cumplimiento de condena el día 3 de enero de 2024, estimándose como fecha de término el 15 de enero de 2026 por contar con 354 días de abono. El tiempo mínimo para optar a salida dominical se fija para el día 15 de enero de 2024, mientras que para postular a Libertad Condicional se verifica el día 15 de enero de 2025. Refiere que con fecha 09 de

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE ACOGE, el recurso de amparo deducido por la abogada Defensora Penitenciaria doña Javiera Mellado Valdés, en representación de Daniela Alexandra Cifuentes Galindo, en contra de la Dirección Regional de Ñuble de Gendarmería de Chile, debiendo la recurrida incorporar a la amparada en la nómina de condenados que reúnen los requisitos para postular a la Libertad Condicional, conforme a la legislación vigente a la ápoca de inicio de condena, debiendo remitir los antecedentes a la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte, junto con los informes requeridos, permitiendo que sea evaluada por la Comisión de Libertad Condicional correspondiente a octubre de 2025, en su oportunidad. Regístrese, notifíquese y ejecutoriada esta sentencia, comuníquese esta resolución por la vía más expedita. Redacción a cargo del abogado integrante don Juan Antonio De La Hoz Fonseca, quien no firma por no haber integrado el día. ROL N°275-2025-AMPARO.

Texto Completo (Preview)

Chillán, veintiséis de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS: 1°.- Que, comparece la abogada Defensora Penal Pública Penitenciaria, doña Javiera Mellado Valdés, en representación de la condenada Daniela Alexandra Cifuentes Galindo, quien actualmente cumple condena en el Centro Penitenciario Femenino de Bulnes, y ejerce la acción constitucional de amparo contra la Dirección Regional de Ñuble d

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