ANONIMIZADO
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2025
Materia
ALIMENTOS, CESACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1°) Que en estos autos se dedujo el pasado uno de septiembre, recurso de apelación directa en contra de la resolución dictada el veintisiete de agosto de los corrientes, por la que se rechazó el cese provisorio de los alimentos. 2°) Que el inciso 6º del artículo 4º de la Ley 14.908 dispone que la impugnación de una resolución que se pronuncia sobre los alimentos provisorios, solo es susceptible de reposición con apelación en subsidio. 3°) Que, por su parte, el artículo 67 Nº2 de la Ley Nº19.968 dispone que la solicitud de reposición debe presentarse dentro de tercero día de notificada la resolución. 4º) Que el...
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CH (adb) San Miguel, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°) Que en estos autos se dedujo el pasado uno de septiembre, recurso de apelación directa en contra de la resolución dictada el veintisiete de agosto de los corrientes, por la que se rechazó el cese provisorio de los alimentos. 2°) Que el inciso 6º del artículo 4º de la Ley 14.908 dispone que la impugnación de una reso
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