SIN INFORMACION

ROJAS GODOY / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

26 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado en representación de Leydimar Andreina Rojas Godoy, nacional de Venezuela, interpuso acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión que considera ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento respecto de la solicitud de carta de nacionalización de la recurrente, omisión que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Expone que la extranjera ingresó su solicitud de nacionalización el 7 de octubre de 2024 y que a la fecha no ha recibido ninguna respuesta ni se ha liberado la orden para el pago de los derechos asociados al beneficio solicitado, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal, toda vez que a la fecha de interposición del presente recurso ha transcurrido un plazo excesivo sin que la autoridad administrativa se haya pronunciado sobre la solicitud formulada, estimando que dicho actuar infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880, siendo improcedente al efecto la excepción de caso fortuito contemplada en la ley. Previas citas legales, solicita se acoja el presente recurso y se ordene al Servicio recurrido pronunciarse sobre la solicitud de carta de nacionalización de la recurrente dentro de un plazo de 30 días, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informó, en lo pertinente, que mediante Resolución Exenta N°23048948, de 16 de febrero de 2023, se otorgó a la recurrente el permiso de permanencia definitiva, el que se encuentra actualmente vigente. Añade que la extranjera presentó la solicitud de carta de nacionalización el 7 de octubre de 2024, precisando que dese esa fecha se encuentra en etapa de “primer análisis”. Agrega que la carta de nacionaliz

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Leydimar Andreina Rojas Godoy, solo en cuanto se ordena al Servicio Nacional de Migraciones dar tramitación a la solicitud de la recurrente hasta concluir lo que a ese organismo le corresponda en el proceso en curso, en el plazo de sesenta días, una vez que esta sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°2324- 2025 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiséis de septiembre de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado en representación de Leydimar Andreina Rojas Godoy, nacional de Venezuela, interpuso acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión que considera ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento respecto de la s

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica