SIN INFORMACION

CASSEUS EMILIENNE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

26 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece Emmanuel Bien-Aime, haitiano, a favor de Emilienne Casseus, trabajadora, nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.446.341-6, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N° 25091460, de 24 de febrero de 2025, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país dentro de 15 días, afectando su derecho a la libertad personal y seguridad individual, consagrados en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Relata que la amparada ingresó a Chile vía aérea con intención de asentarse en el país, realizando de inmediato todos los trámites de regularización migratoria y obteniendo trabajo al poco tiempo. Señala que el 19 de marzo de 2024, la amparada presentó solicitud de residencia definitiva ante el Servicio Nacional de Migraciones con el N° 69804667, la cual fue rechazada mediante la resolución mencionada. Explica que entre los

Fundamentos

motivos del rechazo se señala que la persona extranjera no remitió copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva. Afirma que la amparada, obrando de buena fe, intentó efectuar el pago de la sanción pecuniaria en el sitio web del Servicio Nacional de Migraciones tras ser notificada electrónicamente el 18 de noviembre de 2024, pero el sitio web no se encontraba en funcionamiento, considerando que se trata de un simple error y que el rechazo es desproporcionado. Destaca que la amparada cuenta con arraigo familiar, compuesto por su pareja John Peter Caries y su hija Catusca Caries Casseus de cuatro años de edad y nacionalidad chilena, por lo que el abandono pone en peligro la integridad de su familia y vulnera el principio de reunificación familiar. Sostiene que la orden de abandono es ilegal, injusta y desproporcionada, siendo arbitraria al no considerar la real situación de la amparada en el país, optando por un remedio estricto sin ponderar alternativas menos gravosas como el permiso de residencia temporal sustitutiva previsto en el artículo 91 inciso 5° de la Ley N° 21.325. Solicita que se acoja el recurso, se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 25091460, se revoque la orden de abandono, se reabra la solicitud de residencia definitiva y se otorgue un plazo no menor a 30 días para habilitar el sistema de pago del Servicio Nacional de Migraciones. Acompaña la resolución exenta impugnada y certificado de nacimiento de la menor. A folio 7, informa Cristóbal Antonio Messen Reyes, abogado, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, quien explica que el 19 de marzo de 2024, la extranjera Emilienne Casseus solicitó la residencia definitiva mediante Trámite ID N° 69804667, pero no remitió copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido, requisito exigido para otorgar dicho permiso. Refiere que mediante comunicación electrónica N° 68073126 de 18 de noviembre de 2024, se informó a la persona extranjera la causal de rechazo, otorgándole un plazo de 10 días hábiles para presentar antecedentes respecto de dicha causal, plazo que transcurrió sin que lograra desvirtuar los motivos del rechazo, toda vez que no realizó el pago de la multa impuesta por residencia irregular. Explica que el Servicio Nacional de Migraciones cuenta con un portal oficial de trámites digitales disponible las 24 horas en https://tramites.extranjeria.gob.cl/, que incluye el procedimiento de cálculo y pago de multas, con información pública y completa disponible en el Portal de Ayuda. Argumenta que la resolución impugnada fue dictada por autoridad competente y dentro de la esfera de sus atribuciones, cumpliendo con el procedimiento establecido en la Ley N° 21.325 y su reglamento. Destaca que previo a dictar el acto terminal, se notificó a la amparada de la causal de rechazo otorgándole plazo para realizar descargos, cumpliendo con el a

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo deducido por Emmanuel Bien-Aime en favor de Emilienne Casseus y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°25091460, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones el 18 de febrero de 2025, debiendo la autoridad recurrida otorgar a la amparada un plazo no inferior a 90 días hábiles administrativos para efectuar el pago de la multa por residencia irregular. Transcurrido el plazo, la autoridad migratoria deberá resolver nuevamente la solicitud de residencia definitiva. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-3186-2025. En Valparaíso, veintiséis de septiembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparece Emmanuel Bien-Aime, haitiano, a favor de Emilienne Casseus, trabajadora, nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.446.341-6, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N° 25091460, de 24 de febrero de 2025, que rechazó su

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