JOHN ROMERO GARCÍA/ILUSTRÍSIMA CORTE DE APELACIONES DE TALCA
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece Ángel Monsalve Mardones, abogado, defensor penal público, en representación de Luis Enrique Ramos Olguin y John Henry Romero García interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de 2 de septiembre de 2025, en causa ROL 1277-2025, dictada por la Segunda sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca, integrada por los Ministros Gerardo Bernales, Blanca Rojas y el abogado integrante Rodrigo Medina, quienes resolvieron confirmar la resolución del Juzgado de Garantía de Cauquenes, manteniendo la medida cautelar de prisión preventiva para sus representados, sin fundamentar, por un lado, su resolución en los términos del artículo 143 del Código Procesal Penal en relación a los artículos 122 y 36 del mismo código y, por otro lado, sin pronunciarse respecto de las alegaciones precisas de la defensa, infringiendo con ello el principio de inexcusabilidad consagrado en el artículo 76 inciso segundo de la Constitución Política de la República. Explica que conforme al tenor del control de detención efectuado en la presente causa con fecha 24 de agosto de 2025, se detuvo a sus representados en base a las siguientes circunstancias de detención señaladas por el fiscal y el parte de detención: “Porque momentos antes de su detención personal de servicio Primer Patrullaje en la Población a cargo del Sgto. 2do. Pabla Rojas Diaz acompañado del Cabo 2do. Miguel González Araya, en el RP-6198, recibieron un comunicado radial del Suboficial Mayor Cristian Gutiérrez Yañez, quien solicitaba cooperación para la fiscalización en calle Los Castaños con Los Aromos de un Station Wagon, marca MG, modelo RX-5, color blanco, Placa Patente RWSW-48, concurriendo en forma inmediata al lugar constatando que en el interior se desplazaban cuatro sujetos y una mujer, todos por sus acentos de nacionalidad extranjera, los que por su versión se encontraban en el país de manera regular pero que no todos contaban con su situación de ingreso al país al día, a su vez uno de ellos en forma constante que se encontraba sentado en el asiento trasero del vehículo, costado derecho, mantenía sus manos en los bolsillos intentando esconder algo y pese a que se le solicitaba que las mantuviera a la vista, insistía en dicha acción, y al no ser factible establecer sus identidades, como también por medidas de seguridad, se les solicitó que descendieran del vehículo, exhibiendo el conductor su Cédula Nacional de Identidad de extranjero correspondiendo a; PETTER WALTTTER JORDAN ARIAS, Rut 22.675.823-2, quien además mantenía su Licencia de Conducir y la documentación del vehículo al día, luego se procedió a la fiscalización del sujeto que se encontraba tras el copiloto, quien no portaba documento alguno que acreditara identidad, intentando evadir el control que se le efectuaba e insistentemente mantenía las manos en sus bolsillos del pantalón, sin acceder a indicar que mantenía en ellos, por lo que al no contar con elementos que pudieran acreditar s
Fallo
fallo en causa ROL 56148-2021, de fecha 25 de abril de 2022, considerandos sexto a octavo y el fallo ROL 33326-2020, de fecha 27 de mayo de 2020, considerandos duodécimo y decimo tercero. Sin embargo, el 2 de septiembre del presente año, en la Segunda sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca, integrada por los Ilustrísimos ministros don Gerardo Bernales y doña Blanca Rojas y el abogado integrante don Rodrigo Medina, habiendo concluido la vista del recurso, sin pronunciarse sobre las alegaciones de la defensa, en una escueta y genérica resolución, decide confirmar la sentencia apelada por la defensa, manteniendo la medida cautelar de prisión preventiva para sus defendidos por considerar la libertad de estos un peligro para la seguridad de la sociedad, siendo la resolución del siguiente tenor: “VISTOS: Atendiendo el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que concurrieron a la vista del recurso, reiterando los fundamentos del juez de primera instancia, y en especial la existencia de pluralidad de sustancias ilícitas y la gravedad de los delitos que se le imputan, junto a la pluralidad de imputados, hacen presumir que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, en los apelado, la resolución dictada en audiencia de veinticuatro de agosto del año en curso, en causa R.I.T. 1618-2025 el Juzgado de Garantía de Cauquenes, que
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C.A. de Talca Talca, veintiséis de septiembre de dos mil veinticinco. Visto y considerando: Primero: Que comparece Ángel Monsalve Mardones, abogado, defensor penal público, en representación de Luis Enrique Ramos Olguin y John Henry Romero García interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de 2 de septiembre de 2025, en causa ROL 1277-2025, dictada por la Segunda sala de
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