SIN INFORMACION

GONZALEZ FIGUEROA DAVIR ARTURO /DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

25 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 11 de septiembre de 2025, comparece doña María Teresa Figueroa Arancibia, en favor de su hijo don David Arturo González Figueroa, deduciendo recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por haber mantenido al amparado recluido en el Centro Penitenciario Colina 2, lugar donde se encuentra amenazado de muerte por otro interno con el cual mantiene graves antecedentes de violencia. Actuación que estima ilegal y arbitraria, por cuanto expone a su hijo a un riesgo vital inminente, vulnerando con ello las garantías fundamentales de la libertad personal y seguridad individual consagradas en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, solicitando en consecuencia que se dispongan las medidas necesarias para asegurar su vida e integridad, en particular su inmediato traslado a un establecimiento penitenciario distinto, específicamente al Complejo Penitenciario de Rancagua. La recurrente refiere como antecedentes que su hijo, quien posee un 50% de discapacidad, ya había sido víctima de un atentado grave cuando otro recluso le disparó en cinco oportunidades, dejándolo en coma durante tres meses. Señala que, pese a dicha situación, ambos internos se volvieron a encontrar en el penal de Colina 2, donde aquel lo hostiga y lo amenaza constantemente de muerte. Agrega que dicho sujeto es, además, el mismo que dio muerte a otro de sus hijos en el pasado, por lo que existe un temor fundado de que se concrete una nueva agresión. Indica que recientemente su hijo fue objeto de un ataque aun estando bajo medidas de seguridad, siendo herido en aislamiento por una banda de internos que le perforó un pulmón con un arma blanca. Explica que ya se ha solicitado el traslado de su hijo a diversos recintos, pero que en todos ellos se repiten amenazas y agresiones, descartando como opciones de seguridad los penales de Valparaíso, Puente Alto, la Penitenciaría y el mismo Colina 2, siendo el único lugar viable el complejo

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene el inmediato traslado de don David Arturo González Figueroa desde el Centro Penitenciario Colina 2 al Complejo Penitenciario de Rancagua, u otro establecimiento que ofrezca condiciones de seguridad adecuadas para resguardar su vida e integridad. SEGUNDO: Que, evacuando el informe solicitado, compareció don Sebastián Alejandro Guiñez Ferrada, abogado de la Oficina de Asistencia Jurídica de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, quien expuso en representación de la institución recurrida. En lo medular, señala que, revisado el Sistema de Internos de Gendarmería de Chile, no existen registros que den cuenta de agresiones recientes ni de amenazas concretas que pongan en riesgo la integridad física de don David Arturo González Figueroa en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II. Añade que la solicitud de traslado al Complejo Penitenciario de Rancagua carece de factibilidad, en atención a que dicho recinto opera bajo régimen de concesión penitenciaria y, conforme a los contratos de licitación vigentes, no resulta jurídicamente posible admitir internos provenientes de otras regiones cuando ello implique sobrepasar la capacidad de diseño autorizada, pues el Estado de Chile se expondría al pago de multas a la empresa concesionaria. Precisa, además, que la institución ha adoptado las medidas necesarias para velar por la seguridad del interno, no advirtiéndose en la a

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 11 de septiembre de 2025, comparece doña María Teresa Figueroa Arancibia, en favor de su hijo don David Arturo González Figueroa, deduciendo recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por haber mantenido al amparado recluido en el Centro Penitenciario Colina 2,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica