SIN INFORMACION

JUSTINO ROJAS ROJAS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

25 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA, SIN COSTAS

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció el abogado Álvaro Alberto Cartes Santibáñez, en representación de Justino Rojas Rojas, de nacionalidad venezolana, número identificación venezolana V-14699369, domiciliado en la comuna de Contulmo, sector de San Ernesto, Valle de Elicura, y conforme a lo dispuesto en los artículos 141 y siguientes de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, presenta acción de reclamación de expulsión en contra de la Resolución Exenta N° 25351728, de fecha 25 de junio de 2025, dictada por la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso su expulsión del territorio nacional y la prohibición de ingreso al país por 5 años. Dicho acto administrativo fue notificado personalmente al recurrente por la Policía de Investigaciones con fecha 24 de julio de 2025. Expone que el recurrente emigró a Chile en octubre de 2021 por un paso no habilitado (Colchane), debido a la grave situación económica, política y social de Venezuela, en búsqueda de sustento para él y su hijo. Indica que vive junto a su hijo de iniciales S.A.R.G. (11 años), quien cursa 4° básico en la Escuela de San Ernesto de Contulmo, tiene control médico al día y está inscrito en Fonasa. Señala que trabaja de manera informal (albañil o en trabajos agrícolas) percibiendo en promedio $450.000 mensuales, con lo cual satisface sus necesidades y puede enviar dinero a su familia en Venezuela (madre de avanzada edad, hermano discapacitado y otro hijo). Además, ha desarrollado vínculos sociales, es reconocido en su comunidad, participa en la Parroquia de Contulmo y no tiene antecedentes penales ni ha incurrido en ilícitos. Sostiene que la expulsión es arbitraria e ilegal, ya que no se le notificó la carta certificada de inicio de procedimiento sancionatorio (Oficio N° 71828129 de 28 de abril de 2025), lo que le impidió ejercer sus descargos y defensa. Alega falta de racionalidad y proporcionalidad, ya que no se ponderaron adecuadamente las circunstancias personales y familiares (artículo 129 de la Ley 21.325), vulnerando la unidad familiar y el interés superior del niño. SEGUNDO: Que, informó el abogado Martín Ignacio Reyes Herrera, en representación convencional de la Dirección Regional del Biobío del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso de reclamación. Indica que la Resolución Exenta N° 25351728 fue dictada por la autoridad competente (Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones) y con estricto apego a la normativa vigente. Señala que la causal de expulsión se fundamenta en el ingreso por paso no habilitado con fecha 1 de octubre de 2021, eludiendo el control migratorio, lo que se califica como grave (Art. 129 en relación con Art. 32 N° 3 de la Ley 21.325). Sostiene que se cumplió con el trámite de inicio del procedimiento sancionatorio (Oficio Ordinario N° 71828129 de 28 de abril de 2025), notificando al extranjero para que efectuara descargos en un plazo de 10 días hábiles. Destaca que el reclamante no d

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 132, 129 y 141 de la Ley N° 21.325, artículo 141 del Decreto Supremo N° 296, y artículo 19 de la Ley N° 19.880, SE RESUELVE: I.- Que, SE ACOGE, sin costas, el recurso de reclamación deducido en favor de Justino Rojas Rojas, cédula de identidad venezolana N° V-14699369, en contra de la Resolución Exenta N° 25351728 del 25 de junio de 2025 del Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso su expulsión del país y prohibición de ingreso por 5 años, la que se deja sin efecto. II.- Que, se ordena al Servicio Nacional de Migraciones adoptar las medidas necesarias para que la reclamante pueda regularizar su situación migratoria conforme a la normativa vigente, al igual que la de su hijo menor d edad. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redactada por el ministro señor Jordán. Rol N° 219-2025 Contencioso Administrativo.

Texto Completo (Preview)

Concepción, veinticinco de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, compareció el abogado Álvaro Alberto Cartes Santibáñez, en representación de Justino Rojas Rojas, de nacionalidad venezolana, número identificación venezolana V-14699369, domiciliado en la comuna de Contulmo, sector de San Ernesto, Valle de Elicura, y conforme a lo dispuesto en los artículos 141 y si

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