SIN INFORMACION

OTILIA DEL TRANSITO FLORES NUÑEZ CONTRA TERCER JUZGADO DE LETRAS DE PUNTA ARENAS

Rol

Fecha

25 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS: 1º Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. 2° Que, estos sentenciadores estiman que, en el recurso en análisis, no se señalan hechos que justifiquen el ejercicio de esta vía cautelar excepcional, toda vez que, del relato expuesto, se establece que se encuentran sometidos bajo el imperio del derecho, razones por las que no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol 454-2025. Protección. (svh)

Fallo

Por estas consideraciones se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol 454-2025. Protección. (svh)

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, veinticinco de septiembre de dos mil veinticinco. Resolviendo la cuenta de veintitrés de junio del año en curso: A todo: VISTOS: 1º Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías numeradas en

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