JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP C/ ALEJANDRA SOLEDAD GONZÁLEZ MILLA Y EDUARDO ANDRÉS BRAVO ARCE.

Rol

Fecha

25 de septiembre de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que del mérito de los antecedentes y lo expuesto en la audiencia se desprende que, en este estadio procesal, se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal tenidos en consideración al momento de decretar la prisión preventiva del imputado, los que en todo caso no fueron cuestionados por la defensa. Segundo: Que, en cuanto a la necesidad de cautela, esta Corte comparte lo razonado por el tribunal a quo en cuanto a que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo especialmente presente para esto último la naturaleza y carácter del ilícito investigado, forma de comisión, la circunstancia de haber actuado en grupo o pandilla y, respecto de Bravo Arce registrar proceso pendiente con medidas cautelares vigentes, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución de diecisiete de septiembre del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva de los imputados Eduardo Andrés Bravo Arce y Alejandra Soledad González Milla. Devuélvase vía interconexión. N°3163-2025 Penal.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución de diecisiete de septiembre del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva de los imputados Eduardo Andrés Bravo Arce y Alejandra Soledad González Milla. Devuélvase vía interconexión. N°3163-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticinco de septiembre de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Sala Rol Corte: 3163-2025 Penal. RIT: 7375-2025 RUC:2501314953-7 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO. Relatora: Carolina Cordero Jara. Digitadora: Claudia Aguilera Sáez. Caratulado: MP. C/ALEJANDRA SOLEDAD GÓNZALEZ MILLA Y EDUARDO ANDRÉS BRAVO ARCE. Tipo de Recurso: Apelación cautelar personal Materia: Robo con violen

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