CARVALLO PIERRE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
25 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece Marcelo Carvallo Contreras, en favor de la MICKAËL PIERRE, de nacionalidad haitiana, quien interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la dictación de la Resolución Exenta N°25441349 de 21 de agosto de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, mediante la cual rechazó su solicitud de residencia temporal, dispuso el abandono del país y prohibición de ingreso al territorio nacional por 5 años, vulnerando su libertad personal y seguridad individual, derechos consagrados en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Refiere que, el amparado ingresó a Chile a fin de búsqueda de mejores oportunidades y condiciones de vida, por lo que realizó todos los trámites pertinentes para mantenerse en el país de forma regular, además cuenta con arraigo familiar ya que tiene un hijo de nacionalidad chilena de 2 años y mantiene trabajo estable en el país. Agrega que, ingresó la solicitud de residencia temporal ante el Servicio Nacional de Migraciones, proceso que terminó a través de la resolución recurrida mediante la cual rechazó su solicitud disponiendo el abandono del país. Hace presente que, atendida la situación de su país no ha sido posible obtener el certificado que le solicitan, ya que acudió a la embajada y le indicaron que todavía se encontraba en trámite. A folio 6 evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones solicitando desde ya el rechazo en todas sus partes de esta, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición. Refiere que el 15 de agosto de 2022 el amparado realizó su solicitud de residencia temporal, encontrándose vencida su residencia anterior desde el 10 de diciembre de 2020, por lo que postuló encontrándose irregular en el país. El 24 de abril de 2023 se le informó al actor que su solicitud no cumplía con los requisitos para obtener el permiso de residencia otorgándole un plazo de 60 días para acompañarlos. Agrega, q
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, el recurso de amparo interpuesto a favor de MICKAËL PIERRE, en contra Servicio Nacional de Migraciones. Acordada con el voto en contra de la Ministra Suplente Sra. Leonor Cohen Briones, quien estuvo por acoger la presente acción constitucional teniendo únicamente presente el arraigo familiar del actor. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3152-2025.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 comparece Marcelo Carvallo Contreras, en favor de la MICKAËL PIERRE, de nacionalidad haitiana, quien interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la dictación de la Resolución Exenta N°25441349 de 21 de agosto de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica