CALDERA MAZANET JOSE MANUEL - EL DESEO S.P.A
Rol
Fecha
24 de septiembre de 2025
Materia
SIN MATERIA
Resultado
CONFIRMA CON DECLARACIÓN
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene, además, presente: 1.- Que la conducta desplegada por uno de los empleados de la parte apelante es una aislada y que fue sancionada por sociedad Comercial El Deseo SpA, con el despido del autor de la falta denunciada en autos. Lo anterior llevara a esta corte a reducir el monto de la sanción pecuniaria respectiva. 2- Lo que hace la indemnización de perjuicio, el daño patrimonial sufrido por el actor debe ser reparado con una suma de dinero proporcional a la falta cometida que, en la especie, no puede superar el millón de pesos. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, artículo 32 de la Ley N°18.287, se confirma la sentencia de 26 de septiembre de 2022, escrita de fojas 47 a 51 con las siguientes declaraciones: A- Se reduce el monto de la multa impuesta a sociedad Comercial El Deseo SpA a 5 Unidades Tributarias Mensuales. B- Se recuse el monto al perjuicio que en deseo spa debe pagar al actor a la suma de $1.000.000.- Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-622-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Al folio 29: a todo, téngase presente. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene, además, presente: 1.- Que la conducta desplegada por uno de los empleados de la parte apelante es una aislada y que fue sancionada por sociedad Comercial El Deseo SpA, con el despido del autor de la falta denunciada en autos. L
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica