SOCIEDAD CONCESI ONARIA COSTANERA NORTE S.A./ALBARRÁN
Rol
Fecha
24 de septiembre de 2025
Materia
LEYES ESPECIALES NO SEÑALADAS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Que los gastos de cobranza e intereses por mora correspondientes a las 7 boletas que el tribunal del grado no consideró para efectos de determinar la suma adeudada, no han podido ser, por consecuencia, computados para dichos efectos desde que, precisamente, la prueba documental con la que la concesionaria ha pretendido demostrarlos, carece de valor probatorio suficiente habida cuenta de su vaguedad e indeterminación, según asienta adecuadamente la resolución en alzada. En razón de lo anterior y visto, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley nro. 18.287, se confirma, en lo apelado, la sentencia de fecha dieciocho de noviembre del año dos mil veintidós, que roja a fojas 125 y siguientes, dictada por el Juzgado de Policía Local de la Reina y causa Rol 1.605-2022. Regístrese y devuélvase. N° Policia Local-846-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo, además, presente: Que los gastos de cobranza e intereses por mora correspondientes a las 7 boletas que el tribunal del grado no consideró para efectos de determinar la suma adeudada, no han podido ser, por consecuencia, computados para dichos efectos desde que, precisamente, la prueba documental con l
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