MARTÍNEZ/COFRÉ
Rol
Fecha
24 de septiembre de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha once de julio de dos mil veinticinco, sólo en cuanto se modifica en punto de prueba N°5 sólo en el sentido de intercalar, luego de la palabra “permanente” la expresion “y/o transitorias” quedando en definitiva dicho punto de la manera siguiente: “Efectividad de haber resultado con secuelas físicas permanentes y/o transitorias y padecido sufrimientos doña Jaqueline Martínez Messenger y don Miguel Aburto Parra”. Que se confirma en lo demás la referida resolucion. Notifíquese, en su oportunidad devuélvase. N°Civil-598-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán PRL/alf Chillán, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha once de julio de dos mil veinticinco, sólo en cuanto se modifica en punto de prueba N°5 sólo en el sentido de intercalar, luego de la palabra “permanen
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