IBARRA/BALART
Rol
Fecha
24 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. Que los hechos descritos en la presentación sobrepasan los márgenes del recurso de protección, toda vez que no existe un derecho indubitado susceptible de ser protegido a través de una acción estrictamente cautelar y no de carácter declarativo como es la incoada, debiendo el asunto ser resuelto en la correspondiente sede administrativa o ante el tribunal en lo laboral que sea competente. Por lo que conforme a lo dispuesto en el Nº 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Archívese. Ingreso N° 3637-2025 Prot.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de otros derechos. Archívese. Ingreso N° 3637-2025 Prot.
Texto Completo (Preview)
CH8. (MVT) San Miguel, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco. A la presentación de folio 1: Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica