HURTADO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
24 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece José María Hurtado Fernández, abogado, en favor de Yulia Savchenko, y deduce acción de protección en contra del Presidente de la República, del Ministerio del Interior y del Servicio Nacional de Migraciones, por lo que estima constituye un actuar ilegal y arbitrario, al no dar respuesta a su solicitud de carta de nacionalización. Funda su recurso en que después de cumplir con los requisitos y plazos correspondientes, habiendo obtenido la residencia definitiva, inició el trámite de carta de nacionalización el 25 de marzo de 2024, sin embargo, desde la fecha de presentación, no ha obtenido información ni notificación sobre el estado de este trámite. Acusa vulneración a la garantía de los numerales 2° y 3° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide, que se ordene a las recurridas a dictar el acto administrativo terminal emitiendo el decreto que resuelva la solicitud de carta de nacionalización de la parte recurrente en un plazo no superior a 30 días hábiles administrativos desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada; que en caso que se rechacen las peticiones anteriores, en subsidio, se adopten las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que, informando el señor Presidente de la República, señala que no mantiene antecedentes adicionales que puedan ser de utilidad para la resolución del asunto, haciendo presente que la facultad se encuentre delegada al Ministerio del Interior. Tercero: Que, por su parte el Ministerio del Interior y la Subsecretaría del Interior informando el recurso, ha señalado que la solicitud de la parte recurrente se encuentra actualmente en trámite en el Servicio Nacional de Migraciones. Pide el rechazo de la acción intentada, al descartar que exista una omisión arbitraria o ilegal. Hace presente además el alto volumen de solicitudes recibidas por esta materia, indicando además que el plazo establecido e
Fundamentos
fundamentos esgrimidos para su petición. Noveno: Que, de otro lado, tampoco se puede advertir una afectación a la garantía de igualdad ante la ley o de la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, pues la parte recurrente se encuentra a la espera de la respuesta en igualdad de condiciones con otros solicitantes, de tal forma que, de acceder a la presente acción, se estaría otorgando un trato preferente a la parte recurrente.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Yulia Savchenko. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-13712-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago. Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco. A los folios 11 y 12, a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece José María Hurtado Fernández, abogado, en favor de Yulia Savchenko, y deduce acción de protección en contra del Presidente de la República, del Ministerio del Interior y del Servicio Nacional de Migraciones, por lo que
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