SIN INFORMACION

CASTRO FUENTES PAMELA/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES

Rol

Fecha

23 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone acción de protección en favor de PAMELA CARMEN CASTRO FUENTES, en contra de CAJA COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES, por el acto ilegal y arbitrario consistente en el descuento en el pago de sus remuneraciones, de las cuotas por un crédito social, lo que vulnera la garantía constitucional consagrada en el numeral 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que en abril de 2016 contrajo un mutuo de dinero con la recurrida el que fue pactado en 50 cuotas, cuyos pagos serían efectuados en conformidad a lo establecido en el artículo 22 de la Ley 18.833. Da cuenta que los primeros 5 meses, pagó íntegramente las cuotas, sin embargo, producto de haber perdido su trabajo, no pudo seguir pagando. Que, preguntó a su empleador, sin que le informara que sucedería con el crédito social. Agrega que, durante la pandemia le fue detectado cáncer de mamas, sometiéndose a cirugía el año 2020, no pudiendo trabajar. Que, posteriormente trabajó de manera independiente hasta mayo de 2025, que comentó a trabajar en forma estable. Refiere que, hace más de 8 años que dejo de pagar el crédito y más de cinco años que venció la última cuota, por lo que el titulo ejecutivo es susceptible de ser declarado prescrito. Indica que, con fecha 30 de julio de 2025, tomó conocimiento que en su liquidación de remuneración se le descontó por concepto de crédito personal, la suma de $296.961, lo que estima resulta arbitrario e ilegal, en razón del tiempo transcurrido. Finaliza solicitando que se acoja el recurso, debiendo la recurrida abstenerse de descontar el crédito social de sus remuneraciones y reembolsar los montos descontados en un plazo de 5 días hábiles o en el plazo que estime este Iltmo. Tribunal, con costas. A folio 9, evacúa informe la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, quien solicita el rechazo de la acción. Refiere que el 28 de abril de 2016 se le otorgó a la recurrente el crédito código 119CON1001260

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio algunos de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, los hechos que motivan la acción sometida a conocimiento de esta Corte consisten en el descuento que la Caja de Compensación recurrida ha realizado en la remuneración de la recurrente, en el mes de julio de 2025, pese a haber transcurrido un largo tiempo de inactividad, lo que estima como un acto ilegal y arbitrario de parte de la recurrida. Tercero: Que, la recurrida informa en síntesis que, sin reconocer extinción de la deuda, ni los hechos, ni fundamentos de derecho que esgrime la recurrente, ha dispuesto el cese definitivo de los descuentos del crédito otorgado a la recurrente y dispondrá la restitución de aquellas sumas que hayan sido recibidas a partir de la reanudación de los cobros. Cuarto: Que, cabe tener consignar que pese a que la recurrida Caja De Compensación De Asignación Familiar De Los Andes hizo presente que dispuso el cese de los descuentos y la devolución de lo percibido, sin embargo, no ha acreditado que ello se haya materializado hasta la fecha, lo que justifica acoger el presente arbitrio.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción de protección deducida en favor de Pamela Carmen Castro Fuentes en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, y en consecuencia, se ordena a la recurrida cesar inmediatamente los descuentos que se realizan en las remuneraciones de la actora y restituir íntegramente la totalidad de dichas deducciones en un plazo no superior a diez días a contar de la fecha de esta sentencia. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-5089-2025. En Valparaíso, veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, se interpone acción de protección en favor de PAMELA CARMEN CASTRO FUENTES, en contra de CAJA COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES, por el acto ilegal y arbitrario consistente en el descuento en el pago de sus remuneraciones, de las cuotas por un crédito social, lo que vulnera la gara

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