MP C/ YHON LEANDRO OJEDA VEGA
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado, constitutivos de tres delitos de amenazas simples y un delito de desacato, todos cometidos en contexto de violencia intrafamiliar, considerando en especial la sindicación y declaración de la víctima Cecilia Uribe. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se advierte que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de las víctimas y de la sociedad, teniendo en consideración el número y naturaleza de los delitos por los cuales ha sido formalizado, las circunstancias de su comisión y lesividad, la eventual pena y forma de cumplimiento y la concurrencia de factores de riesgo del artículo 7 de la ley 20.066, en la especie, dependencia emocional y estado de embarazo de la víctima Scarlett Uribe, y condena previa por delitos cometidos en contexto de violencia intrafamiliar respecto de la misma víctima. Por estos fundamentos, y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de fecha quince de septiembre del año en curso, dictada por doña Ximena Bertin Pugin, Jueza de Garantía de Puerto Varas, que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre el imputado YHON LEANDRO OJEDA VEGA. Devuélvase. Rol Penal 1148-2025-
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Puerto Montt, veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, s
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