VIVIANA CAROLINA ATENCIO PRIMERA / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2) Que, atendido la data del hecho -26 de mayo de 2025-, respecto del cual se ha deducido la presente acción constitucional, excede el plazo contemplado en el artículo 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y
Fallo
fallo del Recurso de Protección Por lo expuesto y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 19 de la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE por extemporáneo, el recurso de protección interpuesto por doña Viviana Carolina Atencio Primera, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y de la Isapre Colmena Golden Cross S.A. Al primer otrosí: atendido el mérito de lo resuelto precedentemente, NO HA LUGAR. Archívese en su oportunidad. N°Protección-1220-2025/mrr.
Texto Completo (Preview)
Talca, veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco. Resolviendo lo principal de la cuenta decretada: Visto y considerando: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indicadas en el artícul
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