MINISTERIO PÚBLICO/JUZGADO DE GARANTÍA DE LOS ÁNGELES
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: 1°) Que el Fiscal Adjunto Rodrigo García Maldonado, en la causa RIT Nº 3138-2023 del Juzgado de Garantía de Los Ángeles, interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 28 de agosto de 2025, que concedió el recurso de apelación deducido por la defensa de los imputados en contra de la resolución dictada en audiencia de 21 de agosto de 2025, que concede la destinación provisoria del artículo 40 de la Ley 20.000 de dos vehículos incautados a la Policía de Investigaciones. El recurrente considera que dicho recurso no debió haberse concedido porque no está comprendido dentro de aquellos designados en el artículo 370 del Código Procesal Penal. 2°) Que el artículo 40 de la Ley 20.000 establece que: “Los bienes muebles e inmuebles, instrumentos, objetos de cualquier clase y los efectos incautados de los delitos a que se refiere esta ley y de que se hace mención en los artículos 187 y 188 del Código Procesal Penal, podrán ser destinados provisionalmente por el juez de garantía, a solicitud del Ministerio Público, a una institución del Estado o, previa caución, a una institución privada sin fines de lucro, que tenga como objetivo la prevención del consumo indebido, el tratamiento y la rehabilitación de las personas afectadas por la drogadicción, o el control del tráfico ilegal de estupefacientes. Asimismo, los bienes podrán ser destinados provisionalmente a unidades policiales que participen en la investigación y desarticulación de organizaciones criminales destinadas a cometer los delitos sancionados en la presente ley…” 3°) Que, en consecuencia, conforme a los términos utilizados por la ley, dicha medida tiene la naturaleza propia de una cautelar real, atendido los bienes sobre los que recae y la provisionalidad de la decisión. De esta manera, conforme al artículo 158 del Código Procesal Penal, es procedente el recurso de apelación en contra de las resoluciones que negaren o dieren lugar a las medidas cautelares reales, como la dispuesta en estos autos, p
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE RECHAZA el recurso de hecho deducido por el Fiscal García Maldonado en contra de la resolución de 28 de agosto pasado, que admitió su recurso de apelación deducido en contra de lo decidido en audiencia de 21 de agosto pasado. Regístrese y archívese en su oportunidad. Redacción de la ministra señora Antonella Farfarello Galletti. Rol Nº 1394-2025 Penal/ Hecho
Texto Completo (Preview)
MAC/ari C.A. de Concepción Concepción, veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: 1°) Que el Fiscal Adjunto Rodrigo García Maldonado, en la causa RIT Nº 3138-2023 del Juzgado de Garantía de Los Ángeles, interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 28 de agosto de 2025, que concedió el recurso de apelación deducido por la defensa de los imputados en contra de la resolución
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