SIN INFORMACION

JESÚS ANTONIO GALLARDO SÁNCHEZ/SERVICIO NACIONAL DE. MIGRACIONES

Rol

Fecha

23 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA, SIN COSTAS

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Francisco Herrera Jerez, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial Bío Bío, en representación y a favor de Jesús Antonio Gallardo Sánchez, ciudadano venezolano, DNI V N°27.172.632, deduciendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones (SNM) por el acto contenido en la Resolución Exenta N° 25285605 de fecha 19 de mayo de 2025, que ordena la expulsión del amparado y dispone una prohibición de ingreso de 5 años. El recurrente alega que dicho acto es ilegal y arbitrario, vulnerando su derecho a la libertad personal y seguridad individual, consagrada en el artículo 19 número 7° letra a) y artículo 21 de la Constitución Política de la República. Expone que el amparado ingresó al país durante el año 2020 buscando mejores oportunidades debido a la inviabilidad de una vida normal y segura en Venezuela. Fue notificado del inicio del proceso sancionatorio el 05 de noviembre de 2024, y de la medida de expulsión el 27 de junio de 2025. Estima conculcado el derecho a la libertad ambulatoria. Sostiene que la resolución es desproporcionada e irracional al fundarse en un examen meramente formal sin ponderar sus circunstancias particulares, como su conducta acorde a los requerimientos sociales y normativos y su ausencia de antecedentes delictuales ni reiteración de infracciones migratorias, en contravención al artículo 129 de la Ley N° 21.325. Además, argumenta la falta de fundamentación o insuficiencia de la misma, y que la prohibición de ingreso por 5 años fue aplicada sin un procedimiento administrativo previo que permitiera ejercer su derecho a defensa. Finalmente, invoca la aplicación de los principios pro homine y de no devolución. Solicita que se acoja el recurso, se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 25285605 y se dispongan las medidas necesarias para iniciar la tramitación de regularización de su situación migratoria. SEGUNDO: Que, informa la Policía de Investigaciones de Chile, Departamento de Migraciones y Policía Internacional Talcahuano, señalando que la persona extranjera Jesús Antonio Gallardo Sánchez, venezolano, DNI N° 27.172.632, registra un ingreso al país de forma irregular, eludiendo el control policial, lo que fue informado mediante Informe Policial N° 216 de fecha 05/11/2024. El amparado manifestó haber ingresado clandestinamente desde Bolivia por Colchane el 01.SEP.024. Se le confeccionó y notificó un Acta de notificación de inicio de proceso sancionatorio el 05/11/2024. No registró antecedentes policiales ni encargos judiciales en Chile al 05/11/2024. La Resolución Exenta N° 25285605, que dispuso su expulsión y prohibición de reingreso por 5 años, fue notificada vía correo electrónico el 27 de junio de 2025. TERCERO: Que, informa la abogada Carolina Pía Tapia Fierro, en representación del Servicio Nacional de Migraciones (SNM), oponiendo en lo principal la excepción de previo y especial pronunciamiento, argumentando la existencia de un recurso y proced

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo prevenido en el artículo 21 de la Carta Fundamental y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE DECLARA: I.- Que SE RECHAZA la excepción de previo y especial pronunciamiento intentada por la recurrida Servicio Nacional de Migraciones, Región del Biobío. II.- Que, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por Francisco Herrera Jerez, en favor de Jesús Antonio Gallardo Sánchez, en contra de la Resolución Exenta N° 25285605 del 19 de mayo de 2025, emanada del Servicio Nacional de Migraciones de Chile. Regístrese y oportunamente, archívese. Redacción del ministro señor Jordán. Rol Amparo 557-2025.

Texto Completo (Preview)

Concepción, veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Francisco Herrera Jerez, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial Bío Bío, en representación y a favor de Jesús Antonio Gallardo Sánchez, ciudadano venezolano, DNI V N°27.172.632, deduciendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones (SNM) por el

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