SIN INFORMACION

LEIDY ZIOMARA FERRER SUAREZ /CUARTA SALA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO

Rol

Fecha

23 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Cristóbal Salas Salinas, abogado, en representación de doña Leidy Ziomara Ferrer Suárez, actualmente privada de libertad en el Centro Penitenciario Femenino de San Miguel, interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución dictada con fecha 1 de septiembre de 2025, en la causa Rol Ingreso Corte Penal N°4509-2025, por la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por la ministra presidenta doña Dobra Francisca Lusic Nadal, el ministro suplente don Matías Felipe De La Noi Merino y la abogada integrante doña Renée Rivero Hurtado, quienes resolvieron revocar lo decidido con fecha 22 de agosto de 2025 por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que dejó sin efecto la prisión preventiva de la amparada, sustituyéndola por medidas cautelares menos gravosas. Expone el recurrente que dicha resolución es ilegal y vulnera la libertad personal y seguridad individual de su representada, por cuanto carece de la debida fundamentación exigida por el legislador, omitiendo hacerse cargo de los antecedentes aportados en la audiencia de revisión de medidas cautelares, instancia en la cual tanto el Ministerio Público como el Consejo de Defensa del Estado no se opusieron a la modificación de la cautelar. Refiere, además, que la decisión impugnada desconoce los principios de excepcionalidad y proporcionalidad que rigen en materia de prisión preventiva, toda vez que su representada ha demostrado voluntad de someterse al procedimiento y existen medidas cautelares menos intensas suficientes para satisfacer la necesidad de cautela. En consecuencia, solicita se acoja la acción de amparo y se ordene dejar sin efecto la prisión preventiva de doña Leidy Ziomara Ferrer Suárez, imponiéndose, en su caso, medidas de carácter menos gravoso acordes a la legalidad y justicia. Segundo: Que habiéndose declarado admisible la acción por resolución de la Excelentísima Corte Suprema, se la tuvo por interpuesta en contra d

Texto Completo (Preview)

Certifico que se integra extraordinariamente la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, con el ministro señor Carlos Farías Pino y el fiscal judicial señor Jaime Salas Astrain, por encontrarse inhabilitados de conocer de los antecedentes la ministro señora Soledad Espina Otero y el ministro suplente señor Leonardo Varas Herrera, lo que fue puesto en conocimiento del abogado que compareció a est

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