SIN INFORMACION

HANSHING CHEUNG, ERIKA SUXLY/BANMÉDICA S.A.

Rol

Fecha

23 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Erika Suxly Hanshing Cheung, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en otorgar una cobertura de salud mental limitada y discriminatoria para su plan de salud, lo que conculca los derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°1, 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso en que su plan de salud es de aquellos que poseen una cobertura restringida en prestaciones de salud mental, realizando una distinción en bonificaciones para las prestaciones de consulta en psiquiatría, psicología y hospitalización psiquiátrica, a diferencia de la cobertura y topes, asignados para las mismas prestaciones relativas a la salud física. Refiere que el marco normativo que permitía una cobertura reducida en prestaciones de salud mental fue derogado por la Ley N°21.331, de manera tal que al otorgar la recurrida una cobertura disminuida a los trastornos del comportamiento y del ánimo, incumple con el principio del mismo trato entre prestaciones de salud mental y física, entregando una cobertura inferior de la que legalmente corresponde, cuestión que importa una vulneración de las garantías constitucionales referidas. Finaliza solicitando se ordene a la recurrida adecuar el plan, realizando los ajustes necesarios para que la cobertura de las prestaciones de salud mental sean equiparadas a las de salud física; lo mismo respecto de aquellas referidas a kinesiología, fonoaudiología, atención integral de enfermería, nutricionista, prótesis y órtesis, aumentando los porcentajes de los mismos y los topes por prestación, elevando aquellos anuales, con costas. Acompaña a su recurso: 1. Certificado de afiliación; y 2. Plan de salud. SEGUNDO: Que comparece la recurrida Isapre Banmédica S.A., alegando, en primer lugar, la extemporaneidad del recurso intentado. Al efecto, refiere que la actora conoce la cobertura de salud limitada que por esta vía reclama desde la suscripción de su plan, esto es, desde el año 2016, por lo que el arbitrio fue incoado una vez vencido sobradamente el plazo que para tal efecto establece el Auto Acordado que regula la materia. Seguidamente, menciona que si se considera que el acto vulneratorio nació con la dictación de la Ley N°21.331 o con la Circular IF/N°396, ambas de 2021, de todas maneras la acción fue interpuesta una vez precluido el término de 30 días a que se hizo mención. En segundo término, en cuanto al fondo, solicita el rechazo del recurso, con costas, manifiestando que no existe ningún hecho concreto y determinado que conculque las garantías que se invocan en el libelo. Luego, indica que la nueva legislación no ha establecido una obligación legal o administrativa para las Isapres en el sentido de modificar planes anteriores, sino que sólo se considera la nueva regulación para aquellos contratados con posterioridad al 1 de marzo de 2022. Insiste en que no es la vía idónea para resolver e

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve: I.- Que, SE RECHAZA, la alegación de extemporaneidad de la acción planteada por la recurrida Isapre Banmédica S.A. II.- Que, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Erika Suxly Hanshing Cheung, en contra de Isapre Banmédica S.A., sólo en cuanto se ordena a la recurrida equiparar la cobertura de las prestaciones de salud mental a las de salud física. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°1499-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

Hanshing Cheung, Erika Suxly Banmédica S.A. Recurso de protección Rol N°1499-2025.- La Serena, veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Erika Suxly Hanshing Cheung, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en otorgar una cobertura de salud mental limitada y discriminat

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