2º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

PEDRERO/MARIANGEL

Rol

Fecha

26 de septiembre de 2025

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 187, 189 e inciso segundo del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Eduardo Rendoll Balich, en contra de la resolución de fecha cinco de agosto de dos mil veinticinco, escrita a folio 34 en el cuaderno principal, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Civil-1492-2025. (cwm)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Eduardo Rendoll Balich, en contra de la resolución de fecha cinco de agosto de dos mil veinticinco, escrita a folio 34 en el cuaderno principal, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Civil-1492-2025. (cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintiséis de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 187, 189 e inciso segundo del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Eduardo Rendoll Balich, en contra de la resolución de fecha cinco de agosto de dos

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