RUIZ/SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR MINISTERIO DEL INTERIOR
Rol
Fecha
22 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Peñaloza Parra, interpone recurso de protección en favor de Franklin Alexander Ruiz Rivera, de nacionalidad venezolana, con domicilio en calle Balmaceda N°312, comuna de El Bosque, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y la Subsecretaría del Interior, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la dilación excesiva en emitir pronunciamiento sobre la solicitud de regularización migratoria efectuada el 7 de septiembre de 2024, lo que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Pide que se acoja el presente recurso, ordenando a los recurridos pronunciarse sobre su solicitud, dentro del plazo de 60 días. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa que el recurrente el 7 de octubre de 2024 solicitó su regularización migratoria, requerimiento que mediante Oficio Ordinario N°34.839, de 24 de julio de 2025, fue remitido junto a todos los antecedentes al órgano facultado por la Ley N°21.325 para resolverlo, cual es la Subsecretaría del Interior. Tercero: Que la Subsecretaría del Interior informa que los antecedentes de la solicitud de otorgamiento de regularización de la parte recurrente se encuentran en las últimas etapas de tramitación. Cuarto: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Por consiguiente, constituye presupuesto indispensable de la acción cautelar de protección la existencia de un acto u omisión ilegal -contrario a la ley- o arbitrario
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Franklin Alexander Ruiz Rivera, en contra del Servicio Nacional de Migraciones el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, la Subsecretaría del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°2389-2025 Protección.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintidós de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Peñaloza Parra, interpone recurso de protección en favor de Franklin Alexander Ruiz Rivera, de nacionalidad venezolana, con domicilio en calle Balmaceda N°312, comuna de El Bosque, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y la Subsecretaría del Interior, en razón de haber in
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