SIN INFORMACION

ROA/AGENCIA NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO - ANID

Rol

Fecha

22 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que comparece don Eduardo Villagrán Figueroa, abogado, representando a doña Verónica Alejandra Roa Petrasic, ingeniera civil industrial, interponiendo recurso de protección contra la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), por haber dictado la Resolución Exenta N° 8045, de 16 de septiembre de 2024, que rechazó el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Exenta N° 7723/2023 de ANID, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que mediante una interpretación restrictiva de las normas aplicables, desconoce el cumplimiento de su obligación de retribución laboral por el período posterior al 19 de abril de 2021, vulnerando con ello los derechos fundamentales de la recurrente consagrados en los numerales 2 y 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, esto es, el derecho a la igualdad ante la ley y el derecho a igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos, por lo que solicita que se deje sin efecto dicha resolución, debiendo en consecuencia la recurrida emitir una de reemplazo que se ajuste a Derecho. Explica que la recurrente fue beneficiaria de una Beca Presidente de la República para Doctorado en el Extranjero año 2008, otorgada mediante Resolución Exenta N° 1163/2008 del Ministerio de Planificación (MIDEPLAN). El 20 de junio de 2008 firmó el Acta de Compromiso para realizar un Programa de Ciencia y Estudios en Políticas Tecnológicas en University of Sussex, con vigencia desde el 1° de julio de 2008 hasta el 30 de junio de 2012. Mediante Resolución Exenta N° 1121/2009 se homologaron sus condiciones al programa Becas Bicentenario de Postgrado. Obtuvo su grado el 18 de mayo de 2015 y retornó al país el 31 de mayo de 2014. Refiere que, según certificado de la Universidad de Santiago de Chile del 17 de agosto de 2022, la recurrente acreditó retribución laboral con jornada completa desde el 31/05/2014 al 19/04/2021, totalizando 6 años, 10 meses y 18 días. Posteriormente prestó servicios en la Corporación CINCEL desde el 19/04/2021 hasta el 09/08/2022 y continúa hasta la fecha, período que no fue considerado como retribución laboral válida por ANID. Sostiene que, sin embargo el 24 de agosto de 2023, mediante Resolución Exenta N° 7723, ANID declaró el incumplimiento de las obligaciones de retribución por parte de la recurrente, basándose en que CINCEL "no es una institución de investigación" según memorándum N° 9792/2023 del Departamento Jurídico de ANID. La recurrente interpuso recurso de reposición el 1° de septiembre de 2023, el cual fue rechazado recién el 16 de septiembre de 2024 mediante la Resolución Exenta N° 8045 impugnada. Reclama que ANID realizó una interpretación restrictiva del artículo 7° letra c) del DFL N° 22, de 1981, que establece la obligación de integrarse "preferentemente" a universidades, instituciones docentes o de investigación, o administración pública. Sostiene que CINCEL, conformada por las 25 universidades del CRUCH y por ANID como suces

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare admisible el recurso de protección, se acoja en todas sus partes y se restablezca el imperio del derecho, ordenando que la recurrida deje sin efecto la Resolución Exenta N° 8045, de 16 de septiembre de 2024, debiendo en consecuencia emitir una de reemplazo que se ajuste a derecho, con expresa condena en costas. Segundo: Que, la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), representada por el abogado Juan Andrés Vial Pérez, evacúa informe oponiéndose al recurso y planteando las siguientes defensas: Como cuestión preliminar, alega la extemporaneidad del recurso, argumentando que los plazos deben computarse desde la notificación de la Resolución Exenta N° 7723/2023 del 28 de agosto de 2023, que declaró el incumplimiento, y no desde la resolución que rechazó la reposición. Invoca jurisprudencia de la Corte Suprema (Rol N° 1717-2006) estableciendo que la interposición de recursos administrativos no suspende el plazo para recurrir de protección, siendo extemporánea la presente acción interpuesta el 24 de octubre de 2024. Subsidiariamente, plantea inadmisibilidad por tratarse de materias de lato conocimiento que requieren análisis probatorio sobre cumplimiento de obligaciones contractuales e interpretación normativa, materias ajenas al recurso de protección que requieren procedimiento ordinario con plenas garantías del debido proceso. En cuanto al fondo, ANID informa que sus faculta

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C.A. de Santiago. Santiago, veintidós de septiembre de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que comparece don Eduardo Villagrán Figueroa, abogado, representando a doña Verónica Alejandra Roa Petrasic, ingeniera civil industrial, interponiendo recurso de protección contra la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), por haber dictado la Resolución Exenta N° 8045, de 16

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