JUZGADO DE GARANTIA DE MELIPILLA

MP/ FRANCISCO JAVIER LAGOS LEON

Rol

Fecha

22 de septiembre de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes que se conocen y lo expuesto en audiencia, aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los cuales se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en los mismos. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima, en atención a la naturaleza de los ilícitos, bienes jurídicos protegidos, forma de comisión de los delitos y la gravedad de la pena asignada a uno de ellos, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de doce de septiembre del año en curso, dictada en los autos RIT 2013-2025, por el Juzgado de Garantía de Melipilla, que decretó la prisión preventiva del imputado Francisco Javier Lagos León. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N° 3114-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintidós de septiembre de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 3114-2025 Penal Ruc: 2501005200-1 RIT: 2013-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Melipilla Integrantes: Ministros señor Danilo Quezada Rojas y señora Alondra Castro Jiménez y abogado señora Paula Manzo Sagüez. Relator: Emil Ibarra Sáez Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Cristián Suárez Defensa: Julio B

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