MP C/ IGNACIO MATÍAS PLAZA APABLAZA.
Rol
Fecha
20 de septiembre de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que, del mérito de lo expuesto en audiencia, se desprende que no existen nuevos antecedentes que permitan variar las circunstancias que se tuvieron en consideración en su oportunidad para imponer la medida cautelar de prisión preventiva. En efecto, en este estadio procesal, se encuentran acreditados los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación, sin perjuicio de la calificación jurídica que, en definitiva, se atribuya, a los hechos que el Ministerio Público estimó constitutivos de un delito de robo en lugar habitado. En cuanto a la necesidad de cautela, se estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, atendida la pluralidad de ilícitos y participes, la gravedad de la pena asignada a todos ellos, todo lo cual torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de diez de septiembre del año en curso, en causa RIT 6531-2024, por el Juzgado de Garantía de Talagante, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Ignacio Matías Plaza Apablaza. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°Penal-3091-2025.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinte de septiembre de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Sala Rol: 3091-2025 Penal Ruc: 2401607110-9 RIT: 6531-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Talagante Integrantes: Ministros señor Roberto Contreras Olivares, señora Liliana Mera Muñoz y señora Celia Catalán Romero Relator: Sebastián Vergara de la Rivera Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Pamela Ballesteros Defensa: S
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