MP C/ PABLO ANTONIO GONZALEZ SOTO
Rol
Fecha
17 de septiembre de 2025
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: 1°.- Que, la defensa apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de San Carlos, de diez de septiembre de dos mil veinticinco, que impuso al encartado, Pablo Antonio González Soto, la medida de prisión preventiva, tras ser formalizado por el ilícito de desacato, en contexto de violencia intrafamiliar. Señala que la medida es desproporcionada, en atención a los antecedentes de la investigación, y añade que se habría decretado en contra del encartado la medida de prisión preventiva, con la misma fecha, en causa del mismo tribunal, RIT 1841-2025. 2°.- Que, por su parte, el Ministerio Público se opone a la solicitud de la defensa, pidiendo la confirmación de la resolución apelada, haciendo presente los antecedentes de la investigación, que expone, constituyendo, la libertad del imputado, un peligro para la seguridad de las víctimas. 3°.- Que, con los antecedentes invocados por los intervinientes en estrados, especialmente la circunstancia de haberse decretado, con la misma fecha, la prisión preventiva en causa RIT 1841-2025, del mismo Juzgado de Garantía,
Fundamentos
considerando la excepcionalidad de las medidas cautelares, y la posibilidad cierta de que ambas causas se tramiten conjuntamente, esta Corte estima innecesario imponer, en ésta, alguna medida cautelar adicional.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada, dictada en audiencia de diez de septiembre del año en curso, que impuso la prisión preventiva a Pablo Antonio González Soto, la que se deja sin efecto en esta causa. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase. N° Penal-766-2025
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán GIP/ Chillán, diecisiete de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: 1°.- Que, la defensa apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de San Carlos, de diez de septiembre de dos mil veinticinco, que impuso al encartado, Pablo Antonio González Soto, la medida de prisión preventiva, tras ser formalizado por el ilícito de desacato, en contexto de violencia intrafamilia
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica