I MUNIPALIDAD DE SANTIAGO/SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓNDE EDUCACIÓN (LTE)
Rol
Fecha
17 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 22 de julio del año en curso comparece el abogado don Jorge Orlando Álvarez Vásquez, quien en representación de la Municipalidad de Santiago y, de conformidad a lo establecido en el artículo 85 de la Ley 20.529, que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización, interpone reclamo de ilegalidad en contra de la Resolución Exenta PA N°001456, de fecha 1 de julio de 2025, de la Superintendencia de Educación, que acogió parcialmente el recurso administrativo de reclamación deducido por su representada en contra de la Resolución Exenta N°2023/PA/13/3084, de fecha 19 de octubre de 2023, que sancionó a la Municipalidad de Santiago y al establecimiento educacional Liceo Comercial Presidente Eduardo Frei Montalva -INSUCO- con una sanción de multa a beneficio fiscal de 15 Unidades Tributarias Mensuales, la cual no puede ser inferior al 5%, ni exceder el 50% de la subvención mensual por alumno matriculado, la que, consecuentemente, rebajó dicha sanción a una multa a beneficio fiscal de 12 Unidades Tributarias Mensuales. Explica, en resumen, que el 2 de agosto de 2022, se realizó una visita de fiscalización al referido establecimiento educacional por parte de la Superintendencia de Educación, correspondiente al Programa “Formación y Convivencia 2022”, y que el 10 de noviembre de ese año se firmó el acta respectiva N°221303334. Añade que el día 26 de abril de 2023, se levantó el acta de fiscalización con observaciones no subsanadas N°231301007, y que el 10 de julio del mismo año se ordenó instruir un proceso administrativo y se designó fiscal instructora, mediante Resolución Exenta N°2023/PA/13/1580. Indica que el 21 de agosto de la referida anualidad, la Superintendencia de Educación dictó la Resolución Exenta N°2023/FC/13/0971, que formuló a la mentada institución los siguientes cargos: 1.-Sostenedor de establecimiento educacional cuenta con protoco
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en el artículo 85 de la Ley 20.529, se rechaza el recurso de reclamación deducido por don Jorge Orlando Álvarez Vásquez, en representación de la Municipalidad de Santiago, en contra de la Resolución Exenta PA N°001456, de fecha 1 de julio de 2025, de la Superintendencia de Educación, con costas. Redacción de la Ministro Sra. Villadangos. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Contencioso Administrativo-580-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, señora Maritza Elena Villadangos Frankovich y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza. En Santiago, diecisiete de septiembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de septiembre de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 22 de julio del año en curso comparece el abogado don Jorge Orlando Álvarez Vásquez, quien en representación de la Municipalidad de Santiago y, de conformidad a lo establecido en el artículo 85 de la Ley 20.529, que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Ca
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