SIN INFORMACION

FIGARI LUENGO JESUS (PABLO BAEZA ALARCON) / ABADIE DELGADO IRLANDA (JUEZ PARTIDOR)

Rol

Fecha

16 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 17 de julio de 2025, comparece el abogado Pablo Baeza Alarcón y deduce recurso de queja en contra de la resolución dictada por la juez partidora el 10 de julio de 2025, solicitando se corrija la falta o abuso denunciado y, en su lugar, se declare la nulidad y/o se deje sin efecto dicha resolución, por estimar que pone término al juicio de partición seguido entre don Jesús Virgilio Figari Luengo y doña Sandra de la Cruz Alarcón Salgado, o hace imposible su prosecución; pide asimismo se disponga la realización del remate y, en subsidio, se adjudique el inmueble al comunero Sr. Figari por haber formulado la mejor oferta en audiencia arbitral de 3 de abril de 2025 por $15.000.000, ordenando otorgar el título translaticio e inscribir la tradición en el Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, previo pago y honorarios del 10%; y, en subsidio se deje sin efecto la designación de la juez partidora, por haber vencido el plazo legal de su desempeño. Como antecedentes fácticos y documentales expone que, por escritura de 1 de abril de 1992, María Fernández Gallardo adquirió la propiedad ubicada en pasaje Los Cardadores N° 06081, Puente Alto, incorporada a la sociedad conyugal, y que por promesa de compraventa de 20 de noviembre de 1995, actuando el cónyuge como administrador legal y con consentimiento de su mujer, se prometió vender a Sandra de la Cruz Alarcón Salgado por $2.000.000 más el pago de dividendos y el pago del crédito hipotecario vigente, fijándose plazo de 2 años para la compraventa definitiva, supeditada al alzamiento de gravámenes. Refiere que los promitentes vendedores se divorciaron el 10 de febrero de 2009; que el 10 de octubre de 2018 la Sra. Fernández cedió sus derechos a Jesús Figari Luengo (inscripción a fojas 5407 N° 9019 del Registro de Propiedad 2018, CBR Puente Alto), y que el 17 de diciembre de 2018 se promovió juicio de partición, designándose como juez partidora a doña Irlanda Isabel Abadie De

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, se rechaza el recurso interpuesto por el abogado Pablo Baeza Alarcón, en representación de Jesús Figari Luengo en contra de la partidora señora Irlanda Isabel Abadie Delgado. Déjese sin efecto la orden de no innovar decretada en esta causa, y póngase en concomimiento la presente resolución del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto para los fines pertinentes. Regístrese y archívese en su oportunidad. N° 1379-2025 Civil

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dieciséis de septiembre de dos mil veinticinco Al folio 41: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 17 de julio de 2025, comparece el abogado Pablo Baeza Alarcón y deduce recurso de queja en contra de la resolución dictada por la juez partidora el 10 de julio de 2025, solicitando se corrija la falta o abuso denunciado y, en su lugar, se declare la nulidad y

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