LOVELY JEAN CONTRA POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE Y OTRO
Rol
13147-2023
Fecha
6 de febrero de 2023
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se reproduce lo expositivo de la sentencia en alzada, suprimiéndose de su texto los
Fundamentos
fundamentos 9° a 13°. Y teniendo en su lugar presente: 1° Que según lo informado por el Servicio Nacional de Migración, resulta inconcuso que a través de la Resolución Exenta N° 22462113, de fecha 28 de octubre de 2022, le fue otorgado a la amparada permiso para desarrollar actividades remuneradas, respecto del empleador “restaurante Mama Pizza”, hasta el 26 de enero de 2023, por lo que al intentar ingresar al territorio nacional el día 11 de enero último, a través del Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez, la amparada se encontraba autorizada para trabajar en Chile, de manera que indudablemente esa autorización conlleva la de permitir su ingreso al territorio nacional para ejecutarlas. 2° Que, del mérito de los antecedentes, aparece de manifiesto que la Policía de Investigaciones, al impedir el ingreso al territorio nacional de una extranjera que contaba con permiso para trabajar en Chile, ha incurrido en una ilegalidad que amagó la libertad personal de la ampara, pues ello importó su retención por más de quince días, sin permitir el acceso al territorio nacional, no obstante contar con una autorización para trabajar en Chile. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE CONFIRMA la sentencia apelada de veintiséis de enero de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 191-2023 CON DECLARACIÓN que el Servicio Nacional de Migración deberá permitir que la amparada regularice su situación migratoria, en caso de así requerirlo. Regístrese y devuélvase. Rol N° 13.147-2023
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de febrero de dos mil veintitrés. Al escrito folio 19443-2023: a lo principal, como se pide; al otrosí, téngase presente. Al escrito folio 19523-2023: a sus antecedentes. Al escrito folio 19528-2023: a lo principal y primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. Vistos: Se reproduce lo expositivo de la sentencia en alzada, suprimiéndose de su texto los fundamentos 9° a 13°. Y teniendo en su lugar presente: 1° Que según lo informado por el Servicio Nacional de Migración, resulta inconcuso que a través de la Resolución Exenta N° 22462113, de fecha 28
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