MP C/ JAVIER ANDRES POBLETE MUNDACA
Rol
Fecha
16 de septiembre de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, compartiendo estos sentenciadores los argumentos del tribunal a quo en la resolución que por esta vía se revisa, no siendo suficientes por ahora las alegaciones de la defensa para estimar que hayan variado los presupuestos de existencia del delito y de participación considerados para decretar la medida cautelar, estimando esta Corte, además, que el informe social del imputado invocado por la defensa resulta pertinente para la discusión de una eventual pena alternativa, de manera que no lleva a modificar los presupuestos materiales del delito y la necesidad de cautela establecida anteriormente, y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 140,144, 149, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha once de septiembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Javier Andrés Poblete Mundaca. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Iván Vial Aguilar Vial. Devuélvase vía interconexión. Rol N°794-2025 Penal.
Texto Completo (Preview)
La Serena, dieciséis de septiembre de dos mil veinticinco. Siendo las 10:10 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular Juan Carlos Espinosa Rojas e integrada por la Ministra suplente señora Jimena Pérez Pinto y el abogado integrante señor Gabriel Gallardo Verdugo, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la d
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