SIN INFORMACION

FISCO DE CHILE(CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO)/CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA (LTE)

Rol

Fecha

15 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, con fecha 19 de febrero de 2025 comparece el abogado Marcelo Chandía Peña en representación del Consejo de Defensa del Estado quien interpone recurso de ilegalidad en contra de la decisión de amparo Rol C12119-24 dictada por el Consejo para la Transparencia con fecha 3 de febrero de 2025. El reclamo se dirige a dejar sin efecto dicha resolución, la cual acogió el amparo de acceso a la información interpuesto por doña Magaly Troncoso Gavilán en contra de Gendarmería de Chile, ordenando la entrega de una nómina de funcionarios y funcionarias beneficiarios de la mesa de movilidad para el personal a contrata de la planta III. Expone como antecedentes del reclamo que la solicitud de información, con ID AK006T0030036, se recibió en Gendarmería el 1 de octubre de 2024. Dicha solicitud requería la nómina de funcionarios beneficiarios de la mesa de movilidad, según protocolos de acuerdo firmados entre el Ministerio de Justicia, Gendarmería y la Asociación Nacional de Directivos, Profesionales y Técnicos de Gendarmería (ADIPTGEN). Posteriormente, con fecha 25 de octubre de 2024, Gendarmería respondió denegando la entrega de la información, argumentando que se configuraban las causales de secreto o reserva contenidas en los numerales 1°, 2°, 3° y 5° del artículo 21 de la Ley N°20.285 de Transparencia. Ante esta negativa, la solicitante interpuso un amparo ante el Consejo para la Transparencia. En sus descargos del 17 de diciembre de 2024, Gendarmería reiteró sus argumentos, invocando las causales de reserva del artículo 21 N°2 y N°5 de la Ley de Transparencia, en relación con la Ley N°19.628 de Protección de Datos Personales y el artículo 27 N°1 del Decreto Ley N°2.859 de Ley Orgánica de Gendarmería de Chile. El reclamante precisa que la decisión del Consejo para la Transparencia es ilegal y vulnera la Ley de Transparencia y la Constitución Política de la República. Alude a que la ley de quórum calificado invocada para denegar la información es el numeral 1° del artículo 27 del Decreto Ley N°2.859, que declara secretos los documentos relativos a la identificación de funcionarios cuando su publicidad afecte la seguridad del personal o la seguridad de la Nación. Asimismo, el reclamante menciona que el Consejo para la Transparencia desestimó sus argumentos en la decisión de amparo, sosteniendo que para aplicar la causal de reserva no basta con invocar una ley de quórum calificado, sino que se requiere acreditar una "afectación" presente o probable y con especificidad, algo que, a juicio del Consejo para la Transparencia, Gendarmería no logró. El Consejo de Defensa del Estado, por su parte, rebate al Consejo para la Transparencia citando jurisprudencia de la Corte Suprema (recurso de queja Rol N°2434-2024) y de esta Corte (causa Rol N°149-2023), que señala que la ley de quórum calificado se ha adelantado a concluir que la publicidad de la identificación de funcionarios de Gendarmería afecta su seguridad. Por lo tanto, no es exi

Fallo

se declara que se rechaza el amparo de acceso a la información interpuesto por Magaly Troncoso Gavilán en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese y notifíquese Redacción del Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia Contencioso Administrativo Nº 127-2025 Pronunciada por la Octava Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz e integrada, por la Ministra (s) señora Paola Díaz Urtubia y el Abogado Integrante señor Jorge Benitez Urrutia.

Texto Completo (Preview)

Santiago, quince de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: Que, con fecha 19 de febrero de 2025 comparece el abogado Marcelo Chandía Peña en representación del Consejo de Defensa del Estado quien interpone recurso de ilegalidad en contra de la decisión de amparo Rol C12119-24 dictada por el Consejo para la Transparencia con fecha 3 de febrero de 2025. El reclamo se dir

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