MP C/ ERIC MAXIMILIANO IBANEZ DURAN
Rol
Fecha
15 de septiembre de 2025
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y CONSIDERANDO. Que en relación a las alegaciones de la defensa en torno al literal a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en este estadio procesal, teniendo especialmente presente que se trata de un arma adaptable, se tiene por acreditada la existencia del delito por el cual se formalizó al imputado, encontrándose además presunciones fundadas de participación. En cuanto al literal c), se comparten los argumentos del juez de base, estimándose proporcional la medida cautelar de prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de ocho de septiembre de dos mil veinticinco, que decretó la prisión preventiva del imputado Eric Maximiliano Ibáñez Durán. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator (i) señor Braulio Meriño Urra. Devuélvase vía interconexión. Rol No.789-2025 Penal.
Texto Completo (Preview)
La Serena, quince de septiembre de dos mil veinticinco. Siendo las 10:24 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Felipe Pulgar Bravo, e integrada por la Ministra Titular señora Gloria Negroni Vera y el Ministro Suplente señor Carlos Jorquera Peñaloza, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defe
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