ANONIMIZADO
Rol
Fecha
15 de septiembre de 2025
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de catorce de julio del año en curso, dictada en causa RIT F-123- 2025, por el Segundo Juzgado de Familia de San Miguel, con declaración de que el régimen de relación directa y regular entre el padre y la niña, será mediado por un tercero para efectos de realizar la entrega y retiro de la niña en el domicilio correspondiente. Devuélvase. Nº 1162-2025 Familia. Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, quince de septiebre de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de catorce de julio del año en curso, dictada en causa RIT F-123- 2025, por el Segundo Juzgado de Familia de San Miguel, con declaración de que el régimen de relación directa y regular entre el
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