JUZGADO DE FAMILIA PUENTE ALTO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

15 de septiembre de 2025

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirman, en lo apelado, las resoluciones de dieciséis de junio y cuatro de julio, ambas del año en curso, dictadas en causa RIT X- 697-2024 del Juzgado de Familia de Puente Alto. Devuélvase vía interconexión. N°Familia-936-2025 (Acum. 1067-2025 Familia) Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirman, en lo apelado, las resoluciones de dieciséis de junio y cuatro de julio, ambas del año en curso, dictadas en causa RIT X-697-2024 del Juzgado de Familia de Puente Alto.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, quince de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirman, en lo apelado, las resoluciones de dieciséis de junio y cuatro de julio, ambas del año en curso, dictadas en causa RIT X- 697-2024 del Juzgado de Familia de Puente Alto. Devuélvase vía interconexión. N°Familia-936-2025 (Acum. 1067

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica