HURTADO CERDA, CONSTANZA JULIANA/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
15 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el abogado Claudio Fernández Ramírez, deduciendo recurso de protección en favor de doña CONSTANZA JULIANA HURTADO CERDA, cédula de identidad N° 19.347.702-K, domiciliada en Pasaje Las Rocas N° 4743, Villa El Romero, comuna de La Serena, en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (SUSESO), persona jurídica de derecho público, representada por doña Pamela Gana Cornejo, denunciando como acto ilegal y arbitrario la dictación de la resolución exenta N°R-01-UME-97959-2025, que confirmó el rechazo de la licencia médica N°21423574-9, del 17 de julio de 2025, vulnerando las garantías fundamentales de los numerales 1, 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que, la recurrente se hace cargo de su hijo de 10 años y de su abuela de 91 años, quien recientemente sufrió un accidente cerebrovascular. Menciona, que tiene un historial de seis licencias médicas extendidas por la misma patología, de naturaleza psiquiátrica ocasionado por hostigamiento laboral, siendo las cinco anteriores autorizadas, y comprenden el período desde el 06 de enero de este año en adelante, hasta la última licencia, que fue rechazada, y que comprende el período desde el 16 de mayo al 14 de junio del presente año. Además, menciona que tiene una hernia hiatal que le provoca dolores lancinantes, lo que le acarrea costosos tratamientos gastroenterológicos y nutricionales. Añade que el 17 de julio del año en curso, la requirente tomó conocimiento de la resolución exenta N°R-01-UME-97959-2025, por la cual la Superintendencia de Seguridad Social, a través de su Departamento Contencioso, Unidad Médica, confirmó el rechazó de la licencia médica N°21423574-9, extendida por un total de 30 días a contar del 16 de mayo de 2025, por reposo no justificado. Alega que, la resolución recurrida adolece de un vicio en su argumentación, al ser contradictoria, pues indica que el informe médico acompañado no expone elementos psicopatológicos de gravedad, cuando el informe emitido por el doctor Marcelo Cotelo Tulle del 11 de junio de 2025, concluye que la paciente padece ansiedad permanente, expectación negativa del porvenir, pensamiento intrusivo-repetitivo, labilidad afectivo emocional e irritabilidad, desgano y sintomatología somática centrada a nivel gastrointestinal. Agrega, que otra contradicción se produce cuando sostiene que no detalla un plan de tratamiento farmacológico concordante, obviando deliberadamente que el mismo psiquiatra prescribe fármaco conocido como antidepresivo; además desconoce el informe de la psicóloga de 5 de junio de 2025, el que corrobora que se encuentra en tratamiento psicoterapéutico activo al momento de solicitar su licencia médica. Señala que esta conducta de la recurrida es reprochable cuando se constata que tenía a su disposición todos los elementos probatorios necesarios para comprender la complejidad del cuadro clínico de la señora Hurtado, pero optó por desestimar aquellos que contradec
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política del Estado y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara: I.- Que, SE RECHAZA la alegación de extemporaneidad del recurso. II.- Que, SE RECHAZA la alegación de improcedencia de la acción opuestas por la recurrida. III.- Que, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Constanza Juliana Hurtado Cerda en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, disponiendo que se deja sin efecto las resolución exenta N°R-01-UME-97959-2025, que confirmó el rechazo de la licencia médica N° 21423574-9 y, en su lugar, se resuelve que ésta se autoriza, debiendo la recurrida dictar la resolución pertinente con su respectivo pago, dentro de quinto día hábil a contar que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 1449-2025 PROTECCIÓN. -
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Hurtado Cerda, Constanza Juliana Superintendencia de Seguridad Social Recurso de Protección Rol Nº1449-2025.- La Serena, quince de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el abogado Claudio Fernández Ramírez, deduciendo recurso de protección en favor de doña CONSTANZA JULIANA HURTADO CERDA, cédula de identidad N° 19.347.702-K, domiciliada en Pasaje Las R
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