JUZGADO DE GARANTIA DE OVALLE

C/ PABLO BENJAMIN CASTILLO SALFATE Y OTRO

Rol

Fecha

15 de septiembre de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por la defensa en audiencia, estimando estos sentenciadores que el incumplimiento de los condenados, y la justificación de éstos es suficiente teniendo presente que, concurrieron al centro de reinserción social para dar inicio del cumplimiento de su condena de remisión condicional, siendo citados al juzgado, al cual también asisten con el objeto de comenzar el cumplimiento de sus condenas, por lo que a criterio de estos sentenciadores se encuentran suficientemente justificadas sus inasistencias. Así también debe tenerse en cuenta las circunstancias especiales de los condenados, quienes viven lejos de la urbe, en zona rural, lo cual hace presumir dificultades en las comunicaciones para dar inicio a su cumplimiento, lo cual tampoco es resorte de exigir a los condenados, por lo que el actuar de éstos no puede ser calificado como un incumplimiento injustificado, ni menos grave o reiterado; y visto, además, lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 18.216 y artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución de veintinueve de agosto de dos mil veinticinco, que revocó la pena sustitutiva de los sentenciados Pablo Benjamín Castillo Salfate y Ángel Daniel Díaz Plaza y en su lugar

Fallo

se declara que mantiene la misma, debiendo los condenados presentarse dentro de quinto día al Centro de Reinserción Social correspondiente, a fin de reingresar a cumplir su pena sustitutiva, debiendo el tribunal a quo despachar los oficios y comunicaciones de rigor para tales efectos. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (S) señora Soledad Sepúlveda Fonck. Devuélvase vía interconexión. Rol N°764-2025 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, quince de septiembre de dos mil veinticinco. Siendo las 11:23 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro Titular señor Juan Carlos Espinosa Rojas e integrada por los Ministro suplentes señora Jimena Pérez Pinto y señor Cristian Álvarez Mercado, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en cont

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