CORTE DE APELACIONES PUERTO MONTT

CECILIA ELIANA URBINA PINTO / SALA UNICA DE LA CORTE DE APELACIONES DE COYHAIQUE

Rol

Fecha

13 de septiembre de 2025

Materia

OTRAS MATERIAS

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción de amparo interpuesta por los abogados Cecilia Eliana Urbina Pinto y Roberto Vásquez Soto, en representación de Thomas Jowins Sánchez González en contra de la resolución dictada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique en la causa Rol de Ingreso de Corte N°324-2025, la cual confirmó lo resuelto por el Juzgado de Letras y Garantía de Chile Chico que, a su vez, dispuso la prisión preventiva del amparado. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redacción a cargo de la Abogado Mauricio Cárdenas García. Rol Amparo N°299-2025.

Fundamentos

considerando especialmente para los casos en los que no es posible establecer la identidad del imputado o cuando carece de documentos que permitan acreditar de manera fidedigna su identidad. Explica que el Juzgado de Garantía consideró que si bien la defensa había mencionado la existencia de un eventual pasaporte que acreditaría la identidad, dicho antecedente solo era una afirmación de la cual no podía hacerse cargo, sin fuentes oficiales de información que permitan establecer con certeza la identidad del imputado. Además, precisa que el tribunal de primera instancia refirió concordar con el Ministerio Público respecto de la falta de elementos que permitan establecer su identidad y la circunstancia de que la comuna de Chile Chico es fronteriza con un país extranjero, existiendo diversos pasos no habilitados que permiten un movimiento fronterizo indiscriminado. Concluye la parte recurrida, que la decisión adoptada obedece a un mandato legal, por lo en ningún momento incurrieron en una vulneración de garantía constitucional invocada por la defensa, ya que se procedió a resolver conforme al mérito del proceso, por lo que se debe desestimar el arbitrio presentado. A folio 8 se traen los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, el recurso de amparo es una acción constitucional de carácter cautelar destinada a restablecer el imperio del derecho frente a privaciones, amenazas o perturbaciones ilegales o arbitrarias al derecho fundamental de libertad personal y seguridad individual, garantizado por la Constitución y las leyes. Segundo: Que, el fundamento inmediato de esta acción dice relación con la dictación de la resolución de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique que con fecha 3 de septiembre de 2025, en causa Rol de Ingreso N°324-2025, confirmó la resolución del Juzgado de Letras y Garantía de Chile Chico que decretó la prisión preventiva del amparado. Tercero: Que, la parte recurrente alega que el Tribunal de Alzada no fundó suficientemente su resolución y, en tal sentido, niega la existencia de un peligro de fuga. Solicita que se ordene su inmediata libertad, disponiéndose medidas cautelares de menor intensidad, como arraigo nacional y firma mensual. Cuarto: Que, la Corte de Apelaciones de Coyhaique indica que la decisión adoptada obedece a un mandato legal, habiendo resuelto fundadamente conforme al mérito del proceso, razones por la que se se debe desestimar el arbitrio presentado. Quinto: Que, de lo establecido en los artículos 21 de la Carta Fundamental y 7.6 de la Convención Americana de Derechos Humanos se colige que la acción constitucional de amparo tiene como finalidad esencial controlar la “legalidad” de las eventuales afectaciones o amenazas a la libertad personal y seguridad individual, en términos de verificar que se ajusten a la Constitución y a las leyes. En la especie, el asunto materia de esta acción de amparo fue conocido por una Corte de Apelaciones, mismo tribunal al que le correspo

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción de amparo interpuesta por los abogados Cecilia Eliana Urbina Pinto y Roberto Vásquez Soto, en representación de Thomas Jowins Sánchez González en contra de la resolución dictada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique en la causa Rol de Ingreso de Corte N°324-2025, la cual confirmó lo resuelto por el Juzgado de Letras y Garantía de Chile Chico que, a su vez, dispuso la prisión preventiva del amparado. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redacción a cargo de la Abogado Mauricio Cárdenas García. Rol Amparo N°299-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, trece de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos. A folio 1 comparece la abogada Cecilia Eliana Urbina Pinto, RUN 6.387.907-K, domiciliada en Parcela 36 sector El Claro, Coyhaique y el abogado Roberto Vásquez Soto, RUN 12.715.764-2, domiciliado en Arturo Prat 286, oficina 4, Coyhaique, en representación de don Thomas Jowins Sánchez González, venezolano, obrero, RUN 33.650.859-7,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica