JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE SANTA JUANA

ROBLES/FISCO DE CHILE

Rol

Fecha

12 de septiembre de 2025

Materia

LEY 20.609 CONTRA LA DISCRIMINACIÓN

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Se reproduce la resolución en alzada, previa eliminación de sus

Fundamentos

considerandos 7° a 10°, y se tiene en su lugar y además presente: 1° Que, en esta causal Rol 54-2025 del Juzgado de Letras y Garantía de Santa Juana, se dedujo acción de no discriminación arbitraria prevista en la Ley N° 20.609, en la que el juez subrogante, resolvió mediante resolución de once de agosto del año en curso: No dar curso a la acción de no discriminación arbitraria de la Ley 20.609 interpuesta por don Javier Alfonso Robles Riffo, en contra del Fisco de Chile, la que

Fallo

se declara inadmisible, por extemporánea. 2° En contra de esta resolución el demandante interpuso recurso de apelación señalando que su acción fue interpuesta dentro de plazo, desde que se dedujo una vez que tomó conocimiento cierto del acto vulneratorio, lo que ocurre cuando la determinación de la denunciada se encontraba firme, esto es, el 28 de marzo pasado, y no, el día 29 de noviembre de 2024. 3° Que, el artículo 5º de la ley 20.609 dispone que “La acción deberá ser deducida dentro de noventa días corridos contados desde la ocurrencia de la acción u omisión discriminatoria, o desde el momento en que el afectado adquirió conocimiento cierto de ella.” 4° Que, en la especie el acto discriminatorio se hace consistir en la decisión de la Armada de “declararlo como no apto para a contrata por examen médico, por “Enfermedad declarada en Reglamento 7-34/4” sobre requisitos psicofísicos de ingreso y permanencia en la Armada” decisión notificada el día 29 de noviembre de 2024, según costa en certificado acompañado a folio 1 del expediente de primera instancia, documento que a su vez, alude al Certificado de Aptitud Psicofísica MEDPREV correspondiente a egreso de grumetes año 2025, emitido bajo el 11355/160/419 de 29 de julio de 2024. Respecto de dicha decisión administrativa, el denunciante pidió reconsideración ante el Director General de Personal de la Armada con fecha 24 de febrero de este año, autoridad que se pronunció negativamente, a través de Resolución Ordinaria 1140/0204

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, doce de septiembre de dos mil veinticinco. VISTO: Se reproduce la resolución en alzada, previa eliminación de sus considerandos 7° a 10°, y se tiene en su lugar y además presente: 1° Que, en esta causal Rol 54-2025 del Juzgado de Letras y Garantía de Santa Juana, se dedujo acción de no discriminación arbitraria prevista en la Ley N° 20.609, en la que el juez subroga

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