LAVADO/: ISAPRE CRUZ BLANCA S.A
Rol
Fecha
12 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: 1°.- Que, comparece el abogado Sebastián Caroca Colarte, en representación de don Marcelo Andrés Lavado Vásquez, interponiendo acción de protección contra Isapre Cruz Blanca S.A., por vulnerar ésta con su actuar, la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N°1, 9, 18 y 24 de nuestra Carta Fundamental. Señala que el 17 de noviembre de 2017, contrató con la recurrida un plan de salud, a través de Contrato N° 3280500, cuyos beneficios comenzaron su vigencia el 01 de diciembre del año 2017. Expone que, en el mes de noviembre del año 2024, debido a una serie de síntomas que describe, comenzó a ser atendido por médicos psiquiatras y desde entonces, se han emitido 12 licencias médicas a su favor. Añade que, de la sola lectura del detalle de los médicos emisores de sus licencias, se da cuenta que existió al principio del tratamiento una búsqueda del profesional que pudiese ayudarlo con sus dolencias de salud mental, no siendo un mero capricho consultar a tres facultativos médicos, confirmándose a su vez que su médico tratante hasta la actualidad es el Doctor Daniel Navarrete Bustamante, Médico Siquiatra de Adultos. Indica que el día 30 de junio del año en curso, fue notificado por Isapre Cruz Blanca S.A. del término unilateral de su contrato de salud, aludiendo como fundamento que se pudo constatar que ha presentado 9 licencias médicas por patología psiquiátrica, las que fueron emitidas por 3 médicos diferentes, uno de ellos de medicina general, los que no cuentan con la preparación para la mantención de tratamientos psiquiátricos prolongados, de acuerdo con el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud de la Superintendencia de Salud, y respecto de los cuales, y a pesar de la gravedad de los diagnósticos, no hay registro de informe médico que respalde la mantención del reposo. Por otra parte, uno de estos médicos se encuentra siendo investigado por alguna Isapre o Fonasa por la emisión de licencias médicas irregulares. Además, señaló la recu
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías constitucionales, se acoge, sin costas, el deducido por el abogado Sebastián Caroca Colarte, en representación de don Marcelo Andrés Lavado Vásquez y en contra de Isapre Cruz Blanca S.A, sólo en cuanto sólo en cuanto se declara que ésta deberá dejar sin efecto el término del contrato de la recurrente y, en consecuencia, mantenerlo vigente, en las mismas condiciones que fueron contratadas en su oportunidad; sin perjuicio del ejercicio de las facultades contempladas en el Decreto Supremo N° 3 de 1984 del Ministerio de Salud. Notifíquese. Redacción a cargo de la Ministra Erica Pezoa Gallegos. ROL 613-2025 PROTECCIÒN.
Texto Completo (Preview)
Chillán, doce de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: 1°.- Que, comparece el abogado Sebastián Caroca Colarte, en representación de don Marcelo Andrés Lavado Vásquez, interponiendo acción de protección contra Isapre Cruz Blanca S.A., por vulnerar ésta con su actuar, la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N°1, 9, 18 y 24 de nuestra Carta Fundamental. Señala que el 17 de noviem
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